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Tribunal rechaza cambio de calificación jurídica de homicidio a asesinato en caso Duncan

Las fiscales representantes del órgano acusador, solicitaron se cambie la categorización del proceso, puesto según expresaron, existió “premeditación y acechanza”.

Manuel Duncan y Félix Alburquerque.

Manuel Duncan y Félix Alburquerque.

Luego de considerar el pedimento del Ministerio Público de realizar un cambio de la calificación jurídica de homicidio a asesinato, en la muerte del comunicador Manuel Duncan, el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó el pedimento, puesto “es una atribución que solo le es otorgado por el legislador al tribunal”.

La jueza Arlin Ventura, expresó que la disposición del cambio de categoría dispuesto en el artículo 321 del Código Penal, es exclusividad de los jueces en el transcurso del juicio y es posible en caso de que se agreguen pruebas o hechos nuevos, cosa que no ha sucedido en el juicio.

“No puede hacerlo el Ministerio Público porque tiene una condicionante y es que para un cambio de calificación jurídica, tiene que darse la condición de unos hechos nuevos”, manifestó Ventura.

Asimismo, expresó que no es función del órgano acusador cuestionar la calificación jurídica otorgada por la jueza Patricia Padilla, del Segundo Juzgado de Instrucción del Distrito al caso, alegando que ambos tribunales tienen el mismo rango de importancia.

“Somos de la misma jerarquía, no se trata que el Tribunal Colegiado es un tribunal de mayor jerarquía, que el de instrucción, sino que tenemos tareas distintas al juez de instrucción”, agregó la magistrada.

Las fiscales representantes del órgano acusador, solicitaron a las magistradas que se cambie la categorización del proceso seguido de homicidio a asesinato, puesto según expresaron, existió “premeditación y acechanza”.

Este cambio de denominación recibió el rechazo de la defensa del imputado.