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Suprema Corte anula sentencia ordenó desalojo de un inquilino en casa de Constanza

La casa que fue objeto del litigio judicial.Listin Diario

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia anuló una sentencia que ratificó el desalojo de un inquilino de una vivienda ubicada en Constanza, que había sido demandado porque tenía más de cinco años sin pagar el alquiler.

La sala civil de la Suprema acogió un recurso de casación interpuesto por el inquilino Vicente Figueroa, a quien la señora Altagracia Morales (Nena) demandó en desalojo de su casa.

La Suprema casó la sentencia civil número 0464-2022-SCIV-00048, dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, el 10 de mayo de 2022, actuando como corte de apelación y dispuso el retorno del expediente al estado en que se encontraba antes de dictarse el fallo impugnado.

A su vez, envió el asunto por ante el Juzgado de Primera Instancia de La Vega, con las mismas atribuciones de corte de alzada o apelación.

La sentencia fue dictada el 29 de marzo de 2023 por los jueces de la primera sala de la Suprema, Pilar Jiménez Ortiz, presidente, Justiniano Montero (proponente) y Samuel Arias Arzeno.

Reportajes del Listín

En marzo del 2023, Listín Diario publicó una serie de reportajes sobre los problemas que enfrentan los propietarios para lograr el desalojo de los inquilinos.

Las publicaciones iniciaron precisamente con el caso de la señora Altagracia Morales, quien narró la impotencia y desesperación que le afectaba, porque el inquilino llevaba en ese tiempo 5 años sin pagar el arrendamiento ni desocupar la vivienda.

En el reportaje con el título “Lleva 5 años sin pagar el alquiler de la casa”, Morales dijo que el inquilino ponía como condición para desocupar el inmueble, que le entregara RD$700,000.00, cuyo monto, dijo, no podía entregar porque es una mujer pobre.

Ahora tendrá que esperar que el tribunal de La Vega conozca su caso.

En las motivaciones de la resolución SCJ-PS-23-0544, los jueces civiles de la Suprema establecen que, en la sentencia recurrida, el tribunal no ponderó, como correspondía, los hechos de la causa ni los medios probatorios aportados por las partes, con la finalidad de determinar la pertinencia de los argumentos de la parte demandada original, es decir, el inquilino.

“Es procesalmente reprochable simplemente haber abocado a confirmar la decisión impugnada, sin realizar ningún desarrollo argumentativo en los términos de contestar las pretensiones que le habían sido formuladas por el apelante, en virtud del principio dispositivo”, señala la sentencia.

Recursos

El inquilino, Vicente Figueroa, recurrió ante la Suprema la sentencia civil del Juzgado de Primera Instancia de Constanza, que rechazó un recurso de apelación que este interpuso, por improcedente, mal fundado y carente de base legal. A su vez, confirmó la sentencia del juzgado de paz que ordenó el desalojo y condenó al pago de los alquileres vencidos.

El conflicto se originó con una demanda en resiliación de contrato, cobro de alquileres vencidos y desalojo, interpuesta por la señora Altagracia Morales.

La demanda fue acogida por el juzgado de paz de Constanza, que dispuso el desalojo del inquilino y le ordenó pagar a la propietaria RD$21,300.00, por concepto de alquileres vencidos, más los meses que transcurrieran hasta la ejecución de la decisión, al igual que un interés judicial del uno por ciento mensual sobre el monto de la condena.

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