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Gobierno pasa balance a controles de transparencia en vísperas del proceso electoral

Previo al inicio de la precampaña electoral, el Gobierno anunció que los mecanismos de control serán endurecidos.

Reunión del Consejo de MinistrosGlauco Moquete

El Gobierno pasó balance a los diferentes controles de transparencia y de gastos del Poder Ejecutivo justo en vísperas de que inicie el proceso electoral en 2024.

Así lo informó el ministro de la Presidencia, Joel Santos, quien señaló que las instrucciones del presidente Luis Abinader fueron claras con relación a que el "Gobierno debe de mantener sus cuentas separadas de lo que tiene que ver con su política partidaria".

El ministro de la Presidencia, Joel SantosGlauco Moquete

"Fue una revisión de aspectos de controles, sobre todo lo que tiene que ver con las nóminas, procesos de compras, es decir todo lo que tiene que ver con los criterios de transparencia que maneja el Estado; por eso tuvimos intervenciones del Ministerio de Hacienda, la Dirección de Presupuesto, vino un representante de la Cámara de Cuentas; en fin, repasando todos los aspectos que tiene que ver con los controles de transparencia", explicó Santos a la salida de una reunión del Consejo de Ministros que se extendió por más de una hora en el Palacio Nacional.

Se recuerda que previo al inicio de la precampaña electoral, el Gobierno anunció que los mecanismos de control serán endurecidos y emplazó al Ministerio de Administración Pública a hacer cumplir lo dispuesto en la ley 41-08 sobre Función Pública.

En vísperas del proceso electoral el gobierno pasa balance a controles de transparencia


El artículo 80 de ese texto legislativo indica que los funcionarios públicos tienen prohibido servir a intereses de partidos en el ejercicio de sus funciones y, en consecuencia, organizar o dirigir demostraciones, pronunciar discursos partidistas, distribuir propaganda de carácter político, o solicitar fondos para los mismos fines, así como utilizar con este objetivo los bienes y fondos de la institución; además de inducir u obligar a sus subalternos a participar en actividades políticas o partidistas, sea en su provecho o en provecho de terceros; las mismas son catalogadas en primer lugar como faltas de segundo grado, las cuales de acuerdo a la misma ley, conlleva la suspensión de funciones por 90 días, sin disfrute de sueldo como sanción.

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