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Ley de primer empleo contempla rebaja del ISR como incentivo fiscal

La ley de primer empleo abre camino al trabajo a miles de jóvenes dominicanos en edades de entre 18 y 25 años.LISTIN DIARIO

Las empresas que empleen a jóvenes con edades de entre 18 y 25 años obtendrán como beneficio un incentivo que les permitirá deducirse del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de entre un 50 % y un 75 % de las contribuciones que realizan a la seguridad social, según consta en el proyecto de ley del primer empleo.

El proyecto que fue aprobado en la Cámara Baja y está pendiente de ser conocido en el Senado de la República precisa que las empresas pueden aplicar la rebaja del ISR a partir de la contratación de cada joven.

El Programa Primer Empleo, establecido en el proyecto de ley, dice que este estará bajo la responsabilidad del Ministerio de Trabajo, en cuanto a seguimiento, supervisión y control.

La rebaja del 50% de las contribuciones que se hayan hecho durante 18 meses, desde el momento de la contratación de los jóvenes, que cumpla con los requisitos establecidos en la ley, para ser deducible del impuesto ISR aplica para todos los empleadores.

Mientras que en el caso de las Pymes que se acojan al programa la rebaja del impuesto ISR, “será el equivalente al setenta y cinco por ciento (75 %) de las contribuciones al régimen de la seguridad social de los jóvenes contratados de acuerdo a la ley”.

los requisitos

Para recibir el incentivo y deducirse el ISR las empresas tendrán que cumplir con varios requisitos, comenzando con estar al día en el pago de sus obligaciones tributarias y contribuciones al Sistema Dominicano de la Seguridad Social, no producir despidos o desahucios sin causas justificadas en los 12 meses anteriores a su solicitud de ingreso al programa.

Como también, haber incrementado su nómina entre un 5 % y un 10 % con trabajadores de entre 18 y 25 años.

En su artículo 1, el proyecto de un total de diez artículos, dice que con esta ley se busca promover la inserción laboral de los jóvenes con edades entre 18 y 25 años, “que hayan accedido a un empleo formal o que se encuentren en situación de desempleo”.

Es responsabilidad del Ministerio de Trabajo, como autoridad responsable del programa, implementar y difundir el programa, crear un registro de las empresas que ingresen, controlar y fiscalizar su implementación y aplicar sanciones.

PORCENTAJE Y PLANILLA

Otra de las obligaciones radica en que los empleadores, bajo ningún concepto, pueden pasar del 30 % de su planilla, como trabajadores permanentes a estos jóvenes, ni reducir la cantidad de empleados permanentes mientras esté en el programa, con excepción de despido por causa imputable al trabajador, según el Código laboral.

“Los jóvenes empleados bajo las disposiciones de esta ley recibirán una remuneración acorde al trabajo realizado, tomando como base el salario mínimo establecido del sector, los beneficios sociales contemplados por la ley, un trato igualitario y las mismas oportunidades para el desarrollo de sus capacidades”.

Estipulación del Código Laboral

Se recuerda que desde 2017, y en varios momentos, el sector empresarial, incluido el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), ha apoyado el fomento del primer empleo.

Durante la celebración del Congreso Nacional de Empresas Comerciales, como parte del 43 aniversario de la Cámara Dominicana de Empresas Comerciales-Cadeco (FDC), el empresario José Luis Corripio (Pepín), manifestó su preocupación por temas que considera que son previsibles como el del empleo en los jóvenes.

Al participar como orador invitado de la FDC, donde recibió un reconocimiento por los 100 años de vida familiar del Grupo Corripio en el comercio, Corripio Estrada consideró necesario que las empresas les abran las puertas a jóvenes que necesitan experiencia por uno o tres años, porque muchas veces estos jóvenes luego de estudiar durante 12 años y de graduarse les piden tener experiencia y no la tienen cuando van a buscar un trabajo.