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Estas son 11 empresas que el Gobierno evaluaría pagarles "deudas" por realizar obras sin contratos
El Congreso Nacional se aboca por segunda ocasión al conocimiento de un proyecto de ley que busca autorizar al Gobierno a pagar obras realizadas por contratistas sin previamente haber formalizado los contratos de adjudicación.
Congreso Nacional
El Congreso Nacional se aboca por segunda ocasión al conocimiento de un proyecto de ley que busca autorizar al Gobierno a pagar obras realizadas por contratistas sin previamente haber formalizado los contratos de adjudicación.
Se trata de una propuesta incentivada por el Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA) y la Asociación Nacional de Productores de Asfaltos (ANPRAS), quienes le han manifestado a los representantes del Poder Legislativo la necesidad que tiene un grupo de empresarios de recibir sus remuneraciones por servicios prestados al Estado, desde aproximadamente el año 1990.
La iniciativa, autoría de varios legisladores, permitiría que el Ministerio de Hacienda y Economía solvente “de manera excepcional” la supuesta deuda que arrastran algunas instituciones gubernamentales con arquitectos e ingenieros.
La Cámara de Diputados debe aprobar el proyecto de ley en una única discusión para que finalice el tratamiento legislativo y sea enviado a consideración del presidente Luis Abinader, quien decidirá si lo promulga.
Aunque la lista contiene algunos casos en los que los “acreedores” alegan haber recibido la adjudicación de manera formal para la realización de los trabajos en obras públicas, existen otros que no disponen del contrato.
Según establece el proyecto de ley en el artículo 10, dentro de ese apartado se encuentra las empresas Asfaltos del Cibao S.R.L.; Alba Sánchez y Asociados S.A.S; Aridos S.R.L.; Gil + Gil Constructora S.R.L.; Constructora Campos S.R.L.; Cubierta Dominicana S.R.L.; Ingeniería Estrella S.R.L.; Constructora JM S.R.L; Fepan Construcción S.R.L.; Carimex, Llc; Consultores Nacionales Dominicanos, S. A. (Canadosa).
Asimismo, la pieza menciona el nombre de constructores que, según aseguran, tampoco recibieron la formalidad de las autoridades que le sirvieron al Estado en el remozamiento o la edificación de infraestructura. Sin embargo, en ninguno de los casos especifica cuál es el monto de los supuestos pasivos.
“Ing. Flavio Ramos (Fallecido), Arq. Emiliano Martín Família Santos, Nelson Núñez García, Ing. José Paulino G. y asocs. S.R.L./ Ing. José D. Paulino Gutiérrez, Ing. Luis Manuel Paulino / Ing. Ovidio Rosario, Ing. Manuel Ygnacio Reyes Pérez, Ing. Enrique Estrada Gómez (Fallecido), Ing. María Esther Alba Alba, Ing. José A. Torres Vargas”, precisa el documento.
Ante esta situación, el diputado Rogelio Lanza, junto a otros congresistas, entiende que es necesario establecer un “marco legal excepcional” para establecer una comisión con el objetivo de validar y depurar la veracidad de los pagos pendientes.
Hacienda tendría la última palabra
La mesa de trabajo encargada de la “Revisión de Reclamaciones Derivadas de Obras Ejecutadas con o sin Contrato Formal” dependería directamente del Ministerio de Hacienda y Economía, por lo que el presidente sería el incumbente, en compañía del contralor general de la República; el director de la Dirección General de Presupuesto; el director de la Dirección General de Contrataciones Públicas.
No obstante, los miembros de la comisión podrán delegar su representación en un funcionario de jerarquía inmediatamente inferior.
Funciones de la comisión
Aunque tendrá la responsabilidad de examinar si los expedientes sustentan la ejecución de las obras y las obligaciones reclamadas, será el Ministerio de Hacienda quien determinará si acoge la evaluación realizada por la comisión.
Lo que significa que esa entidad gubernamental tendrá la última palabra al decidir quienes cumplen con los requisitos para recibir el dinero por la supuesta deuda que tienen a su favor.
“En el caso de que el Ministerio de Hacienda y Economía acoja las recomendaciones de pago, la programación de los recursos estará sujeta a la disponibilidad financiera de corto y mediano plazo, sin que ello implique, en caso de imposibilidad presupuestaria, una obligación de pago inmediata ni la afectación de los techos presupuestarios vigentes”, dicta el artículo el primer párrafo del artículo 8.
"un nuevo proyecto"
Este sería el segundo proyecto de ley que los legisladores depositan para intentar que el Gobierno pague las alegadas deudas que tiene con contratistas.
El primero fue aprobado por los dos órganos legislativos del Congreso Nacional y enviado el pasado 13 de enero al Poder Ejecutivo. Tres días después, el mandatario Abinader decidió observar la iniciativa elaborada por el senador Franklin Romero, ya que consideraba contenía artículos contrarios a algunos de los mandatos dictados por la Constitución.
Según comunicó el presidente en la carta enviada a la Cámara de Diputados, una de las inconstitucionalidades ocurría porque el documento legislativo no precisaba la cantidad de dinero adeudado.
La decisión de los congresistas ha sido optar por conocer un nuevo proyecto de ley, postergando el conocimiento de la observación realizada por el Gobierno.
El artículo 103 de la Carta Magna indica que el Poder Legislativo tiene un plazo de dos legislaturas ordinarias “para decidirla, de lo contrario se considerará aceptada la observación”.