Senador Rogelio Genao reintroduce reforma al Código Penal; dice Estados Unidos lo entorpece
Después de que los representantes del Congreso Nacional permitieran que los proyectos dirigidos a reformar el Código Penal dominicano periman por cuarta vez consecutiva, una propuesta llega nuevamente al Senado de la República.
Después de que los representantes del Congreso Nacional permitieran que los proyectos dirigidos a reformar el Código Penal dominicano periman por cuarta vez consecutiva, una propuesta llega nuevamente al Senado de la República.
Así lo informó este lunes el senador Rogelio Genao, quien reintrodujo la propuesta, que a pesar de solo necesitar ser conocida en segunda lectura para ser convertida en ley, no pudo ser aprobada en la pasada legislatura que terminó este 12 de enero.
El proyecto de ley que pretende actualizar el marco penal del país, promulgado en el año 1884, busca adicionar más de 72 tipificaciones que no contiene el actual marco legislativo.
Intención de Estados Unidos
Además de las diferentes visiones legislativas que imperan dentro del Congreso Nacional, Genao también atribuyó la ausencia de una evolución al sistema penal del país a la presión que han ejercido los últimos años diversos sectores externos.
Indicó que uno de estos es la Embajada de Estados Unidos en República Dominicana, la cual ha intentado, según aseguró, instaurar las ideologías del partido Demócrata para despenalizar el aborto y expandir la diversidad de género en el país, a través de los congresistas.
“Las razones fundamentales por las que el Código ha corrido la suerte del ping-pong legislativo que ha aprobado aquí, perime allí, y eran fundamentalmente una presión externa del Gobierno y la Embajada de los Estados Unidos”, dijo.
Sin embargo, con el triunfo del Partido Republicano, Donald Trump, alcanzado el pasado 6 de noviembre en las elecciones presidenciales estadounidenses, Genao entiende que el Poder Legislativo dominicano podrá aprobar un nuevo Código Penal sin ningún estorbo.
“Con la instalación del nuevo Gobierno de Donald Trump pasa a hacer todo lo contrario. Van a ver buenos vientos del norte y de la embajada de (ese) Gobierno a los fines de que se apruebe tal y como fue sancionado por el Congreso dominicano, afín a la vida, sin incluir la terminología de la agenda de género, ni las llamadas tres causales”, expresó a LISTÍN DIARIO.
El legislador recordó que es la Carta Magna la que prohíbe expresamente cualquier acción que tenga por objetivo atentar contra la vida, ya que este derecho inicia, según el artículo 37, “desde la concepción, hasta la muerte”.
Por lo que el documento legislativo no dispondrá la legalización de las tres causales, que permitirían a las mujeres abortar el feto cuando el embarazo representa un riesgo para su vida, en el caso de que sea fruto de una violación o existan malformaciones incompatibles con la existencia.
Código Procesal Penal
El Tribunal Constitucional (TC) declaró el pasado 6 de diciembre inconstitucional la Ley 10-15, que modificó el Código Procesal Penal por detectar vicios de forma en su aprobación. Por lo que emplazó al Congreso Nacional a elaborar una nueva normativa que subsane la irregularidad, dentro de un plazo no mayor de un año.
Ante esto, el senador consideró que esta es la oportunidad idónea para que ambos conjuntos de leyes puedan elaborarse de la manera adecuada, logrando una consonancia en los procedimientos.
Código Penal
Dentro de las tipificaciones que serían adicionadas está la acumulación de penas; el terrorismo, sicariato, genocidio; infracciones muy graves de guerra, infracciones de lesa humanidad; desaparición forzada de personas; feminicidio, feminicidio agravado, feminicidio conexo, violencia conexa en escenario feminicida; inducción al suicidio, cooperación al suicidio; daños con sustancias químicas (ácido del diablo).
Además, el trato cruel, inhumano o degradante; robo de identidad, robo de identidad agravado; perturbación telefónica; difusión de audio e imágenes sin consentimiento; divulgación de información secreta; captación y uso de datos personales; estudios genéticos sin consentimiento; manipulación ilícita de genes; fecundación de óvulos para fines distintos a la procreación; reproducción asistida no consentida; actividad sexual no consentida.
Por último, participación de grupos en infracciones muy graves de guerra; negligencia o imprudencia en el control de los subordinados; atentado imprudente contra la vida; responsabilidad de persona jurídica por atentado culposo contra la vida; bullying, bullying agravado; operaciones comerciales con niños y adolescentes. Al igual que responsabilidades de persona jurídica que provocan incapacidades con más de 60 días, entre otras.
Con la clausura de la primera legislatura ordinaria del cuatrienio 2024-2028, este proyecto no tiene otra opción que esperar el inicio de la siguiente, pautado para el 27 de febrero, y repetir los procedimientos legislativos como si fuese una nueva iniciativa. Requiriendo la aprobación en dos lecturas en las dos cámaras legislativa.