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proyecto de ley

Proyecto busca que hasta frituras y vendedores de empanadas pongan valor energético a sus alimentos

Los negocios podrán contratar y obtener asesoría médica nutricional para la preparación de su menú y la identificación de su valor energético

Problema. Las calorías consumidas en este tipo de comida son una de las causas de la obesidad.

Persona mientras come una hamburguesa.Archivo ld 

Luego de que perimiera en la Cámara de Diputados el proyecto de Ley que ordena la colocación del valor energético de los alimentos en restaurantes y otros lugares de expendio, la pieza fue reintroducida y aprobada este jueves en primera lectura por el Senado.

La iniciativa del senador de la provincia María Trinidad Sánchez, Alexis Victoria Yeb, establece una serie de mandatos que deberán cumplir los lugares que expendan alimentos y de no ser así, se estarían enfrentados a sanciones que van desde el pago de 10 salarios mínimos hasta el cierre del local por 30 días.

El proyecto indica que las frituras, vendedores de empanadas, de pollo asado o cualquier punto de venta informal deberán colocar de manera obligatoria un letrero visible que identifique el valor energético de los alimentos, expresado en calorías, ya sea utilizando medidas por servicios o gramos.

En el caso de los restaurantes del país que vendan a la carta, tendrán como obligación colocar en el menú justo al lado del nombre del plato, la cantidad de calorías.

Mientras que los restaurantes de comida rápida, deberán colocar un letrero informativo que especifique la cantidad de calorías de cada alimento.

De acuerdo al documento, los negocios podrán contratar y obtener asesoría médica nutricional para la preparación de su menú y la identificación de su valor energético, con la obligación de los resultados sean avalados por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

Sanciones

De ser aprobada esta pieza, los centros de expedición de comida que violen la misma serán multados entre 3 a 10 salarios mínimos. Asimismo, la reincidencia a lo establecido por la Ley conllevará una doble multa y el cierre temporal de 30 días.