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justicia 

Prisión preventiva contra hombre acusado de ultimar a su cuñada en Boca Chica

La medida de coerción deberá ser cumplida en la Penitenciaría Nacional de La Victoria por disposición del tribunal.

La Oficina de Servicios de Atención Permanente de la provincia Espaillat dictó tres meses de prisión preventiva como medida de coerción contra una mujer acusada de intentar dar muerte a su hija de 9 años cortándole el cuero cabelludo en el sector La Ermita, municipio de Moca.

Imágen ilustrativa

El Ministerio Público de Santo Domingo Este y Norte logró la imposición de tres meses de prisión preventiva en contra de un hombre, confeso victimario de una cuñada de 18 años de edad, tras provocarle heridas de arma blanca, en un hecho ocurrido el pasado martes en la localidad Andrés, del municipio Boca Chica.

La medida de coerción le fue impuesta a Endry Rigoberto Alonzo Pérez (Ñeco), de 40 año de edad, por la jueza Karen Casado, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este, al establecer su vinculación con los hechos cometidos en perjuicio de la hoy occisa, Daniela Elia Sandoval.

En el proceso, el fiscal investigador Jesús Manuel Núñez estableció que el hecho ocurrió el pasado 22 de octubre de 2024, alrededor de las 6:00 de la mañana, en momentos en que la víctima se encontraba en su residencia junto con el imputado, quien era su cuñado, sin embargo, la asediaba de manera constante.

En esas circunstancias, fue que Alonzo Pérez le provocó las heridas a la víctima que le ocasionaron la muerte inmediatamente.

Posteriormente, el imputado se presentó ante el destacamento de Boca Chica, en donde confesó que le había quitado la vida a la joven y quedó bajo arresto.

Durante el conocimiento de la medida de coerción, el Ministerio Público, representado por el fiscal litigante Tito Oseas, mostró evidencias que comprometen la responsabilidad penal del imputado sobre el hecho.

El Ministerio Público ha otorgado al caso la calificación jurídica provisional de violación a los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano y los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

La medida de coerción deberá ser cumplida en la Penitenciaría Nacional de La Victoria por disposición del tribunal.

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