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Procuraduría recurre ante TC sentencia que descarga Ángel Rondón y Víctor Díaz Rúa en caso Odebrecht

El Ministerio Público solicita que sea nuevamente conocido el caso. 

Víctor José Díaz Rúa y Ángel Rondón Rijo

El Ministerio Público recurrió ante el Tribunal Constitucional (TC), la sentencia de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, que descarga al empresario Ángel Rondón y al ex ministro de Obras Públicas Víctor Díaz Rúa, quienes habían sido condenados a cinco y ocho años de prisión, debido a sus implicaciones en el caso Odebrecht.

El director de la Procuraduría Especializada de Persecución contra la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, pidió al tribunal anular la decisión dictada el 31 de julio pasado por los jueces Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y María Garabito Ramírez.

En la instancia que consta de 52 páginas, las autoridades solicitaron al TC devolver el expediente a la secretaría de la Segunda Sala Penal de la Suprema, a fin de que este tribunal conozca nuevamente el caso, con estricto apego al criterio que tengan a bien establecer los jueces de esa alta corte con relación a los derechos fundamentales.

En la instancia firmada además por Mirna Ortiz, encargada de litigación del Pepca y Wagner Cubilete, se pide a los jueces del TC declarar admisible el recurso de revisión en contra de la sentencia por ser violatoria de los derechos fundamentales del debido proceso y de la tutela judicial efectiva.

En la sentencia donde se dispone el descargo de Rondón y Díaz Rúa, también se indica el cese de toda medida de coerción que pesa en su contra.

Asimismo, la sentencia ordena le sean devueltos todos los bienes incautados a Díaz Rúa y Ángel Rondón; además, se ordena “el levantamiento de toda oposición, medida de restricción, orden de inmovilización de fondos, la radiación y cancelación de cualquier inscripción u oposición y medidas cautelares, disponiéndose la restitución de todos los bienes afectados en ocasión de este proceso”, en lo que se verifica razones sociales, empresas, apartamentos, cuentas de ahorros, entre otros.

Esta sentencia condenatoria fue dictada el 14 de octubre de 2021 por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, donde las magistradas Gisselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo encontraron culpable a Rondón culpable de soborno nacional y lavado de activos y a Díaz Rúa culpable del delito de lavado de activos proveniente del enriquecimiento ilícito.

Además de Díaz Rúa y Ángel Rondón, en este caso fue descargado de responsabilidad penal Conrado Enrique Pittaluga Arzeno.

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