DECRETO
Gobierno crea comisión para coordinar reformas gubernamentales
El decreto por igual señala que el presidente puede designar un director ejecutivo, previa recomendación del comisionado
El presidente Luis Abinader emitió el decreto 385-24 mediante el cual se crea la Comisión de para las Reformas del Estado, el cual será la entidad responsable de la coordinación de la planificación, elaboración e implementación de las reformas normativas, institucionales y administrativas, tanto generales como sectoriales, impulsadas desde el Poder Ejecutivo.
La disposición gubernamental, firmada el día 15 de julio, señaló que esa comisión estará integrado por el recién designado comisionado de Reformas, Darío Castillo Lugo; el actual ministro de Administración Pública, Sigmund Freund; el ministro de la Presidencia, Joel Santos; el ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, Pavel Isa; además del ministro de Hacienda, Jochy Vicente; el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta y el director ejecutivo del Consejo Nacional de Competitividad (CNC), Peter Prazmowski.
El decreto por igual señala que el presidente de la República puede designar un director ejecutivo, previa recomendación del comisionado, que tendrá derecho a opinar mas no a incidir en las decisiones.
“El Comisionado para las Reformas del Estado dependerá funcionalmente del presidente de la República, a quien rendirá cuentas de su misión. Para el cumplimiento de su objetivo, recibirá el apoyo administrativo y presupuestario del Ministerio de la Presidencia y podrá integrar los equipos de trabajo profesionales, técnicos y administrativos que sean necesarios”, recalca el decreto.
El documento indica que en los casos específicos en que se haya designado un comisionado para una reforma en particular, estos quedarán excluidos del ámbito de competencia del presente decreto; además señala que una vez la comisión haya cumplido su objetivo, quedará sin efecto su integración.
Además, se indica que el comisionado para las Reformas del Estado coordinará todas las actividades relativas al objetivo de este órgano, incluyendo la realización de convocatorias, la dirección de las sesiones de trabajo, la elaboración de los informes correspondientes, el seguimiento a los acuerdos alcanzados, la coordinación interinstitucional, la toma de decisiones administrativas y la rendición de cuentas.
“Para la ejecución de lo dispuesto en el presente decreto, los entes y órganos que componen la Administración pública bajo la dependencia del Poder Ejecutivo brindarán toda la colaboración necesaria al Comisionado para las Reformas del Estado, en el marco de sus respectivas competencias, y de conformidad con los principios constitucionales que rigen la administración pública”, reza el decreto.