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Referendo y plebiscito: posible vía para solucionar debate del aborto

Modificación de la Constitución. Algunos sectores también entienden que para dialogar sobre la interrupción de un embarazo primero debe ser modificado el artículo 37 de la Constitución, en el que especifica que el “derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte”.

El TC tomó la decisión mediante sentencia.

Imagen Ilustrativa 

Ante la necesidad que tiene el país de garantizar una modificación al Código Penal que fortalezca las penas de los delitos y crímenes, congresistas consideran que lo ideal es eliminar el tema de las tres causales, para lograr un rápido consenso en el Congreso Nacional.

Partiendo del debate que genera una posible variación al artículo 317 del Código Penal para despenalizar el aborto y permitir la interrupción del embarazo en los casos en los que la vida de la madre y el feto esté en peligro, algunos legisladores propusieron que esta discusión sea solucionada por medio del llamado a un referendo o plebiscito nacional.

A pesar de que no están regulados por ninguna ley.

Así lo destacó el diputado Ignacio Aracena, quien dijo que temas como el de “las tres causales” deben ser decididos por el pueblo por medio de los mecanismos de participación directa.

“Yo soy un legislador pro referendo. Pienso que ese tema de las causales tiene que ser llevado a un referendo con el que la población expresa quienes están de acuerdo y los que no porque es un tema muy espinoso que divide la sociedad. Hay que darle la oportunidad al pueblo para que se exprese”, dijo.

El senador Félix Bautista lamentó que 20 años después, aún los dominicanos no tienen un Código Penal actualizado, ya que el actual fue instaurado en el año 1844 y las modificaciones realizadas en el Congreso Nacional durante los últimos años no han solucionado las brechas existentes en el marco penal. 

“El tema de las tres causales genera conflicto y no podemos dejar de aprobar el código por ese tema. Las tres causales podrían ser aprobadas con una ley especial e incluso hacer un plebiscito nacional”, dijo.

Además, el legislador de San Juan y dirigente de la Fuerza del Pueblo (FP), destacó que el proyecto de ley que fue depositado por el senador de La Vega, Rogelio Genao, y se encuentra en manos de una “comisión especial” para fines de estudio, adicionará 72 nuevas tipificaciones penales que contribuyen a la ejecución de la justicia en el país.

Sin ley para participación ciudadana

Aunque los legisladores señalan estas formas de expresión directa ciudadana, hasta el momento, no sería posible utilizar el plebiscito ni referendo para definir asuntos importantes de nación. 

Esto, debido a que todavía no ha sido aprobada una ley que los regules, de acuerdo con lo establecido en el artículo 203 de la Constitución, denominado “Mecanismos Directos de Participación Local”.

“La Ley Orgánica de la Administración Local establecerá los ámbitos, requisitos y condiciones para el ejercicio del referendo, plebiscito y la iniciativa normativa municipales con el fin de fortalecer el desarrollo de la democracia y la gestión local”, dicta la Carta Magna.

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Modificación de la Constitución

Algunos sectores también entienden que para dialogar sobre la interrupción de un embarazo primero debe ser modificado el artículo 37 de la Constitución, en el que especifica que el “derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte”.

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