Gobierno remite al Congreso proyecto que modifica artículo 3 de ley tráfico ilícito de migrantes
El comunicado reseña que las diferentes instituciones del Estado se mantienen trabajando en una “eventual” revisión integral de la referida ley.

Palacio Nacional
La Presidencia de la República remitió al Congreso Nacional un proyecto de ley para la modificación del artículo 3 de la Ley 137-03, sobre tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, del 7 de agosto de 2003.
La reforma propuesta procura, exclusivamente, “fortalecer la capacidad del Estado para proteger a niños, niñas o adolescentes que sean víctimas de esta bochornosa práctica”.
El artículo 3 de la referida Ley establece que “se considera pasible del delito de trata de personas el que mediante la captación, el transporte, el traslado, la acogida o receptación de personas, niños, adolescentes, mujeres, recurriendo a la amenaza, fuerza, coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder, situaciones de vulnerabilidad, concesión o receptación de pagos o beneficios, para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, para que ejerza la mendicidad, cualquier clase de explotación sexual, pornografía, trabajo o servicio forzado, servidumbre por deudas, matrimonio servil, adopción irregular, esclavitud o sus prácticas análogas, la servidumbre o la extracción de órganos, aun con el consentimiento de la persona víctima, y será condenado a las penas de 15 a 20 años de reclusión y multa de 175 salarios mínimos.
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