Senado aprueba modificación a Ley de Aviación Civil para fortalecer infracciones y sanciones

El Senado de la República aprobó en la sesión realizada este martes un anteproyecto que modifica la Ley 491-06 de Aviación Civil para actualizar el marco regulatorio de esta pieza legislativa.

Senado de la República Dominicana

Senado de la República DominicanaFuente externa

El Senado de la República aprobó en la sesión realizada este martes un anteproyecto que modifica la Ley 491-06 de Aviación Civil para actualizar el marco regulatorio de esta pieza legislativa.

Este anteproyecto de ley que fue enviado a la Cámara de Diputados, luego de su aprobación en segunda lectura a unanimidad con 20 votos, tiene por objeto renovar el marco internacional sobre la aviación civil e incluir las actividades relativas al uso de drones en el espacio aéreo de la República Dominicana.

En los últimos años, los avances de la tecnología han experimentado transformaciones sustanciales que requieren la intervención del Estado para garantizar una eficiente supervisión, según establece el documento.

Es por esta razón que el proyecto legislativo, que pretende modificar 34 artículos de la ley promulgada en el año 2006, considera como necesario la identificación de actuaciones, concreción de infracciones y las correspondientes sanciones para potencializar el papel regulador del Estado.

Adaptaciones legales

El artículo 304, en el cual declara que las infracciones se clasificaran en leves, moderadas y graves, sería modificado.

Las leves son aquellas que no afecten el resultado de la actividad aeronáutica, ni presenten un riesgo inmediato a la seguridad operacional. 

Las moderadas son las que puedan implicar un impacto negativo en la seguridad operaciones y, por último, las graves generan condiciones catastróficas o representan un peligro inminente en la seguridad general.

Así lo especificaría este artículo, ya que la ley vigente no detallas los diferentes tipos de infracciones.

En este anteproyecto de ley, las acciones relacionadas con las pruebas de utilización del alcohol y narcóticos son consideradas como infracciones leves.

Drones

El artículo 307 delimita cuales será las contravenciones relativas a los operadores de aeronaves pequeñas pilotadas a distancias, conocidas por sus siglas en inglés como “Dron, Rpas o UAV”.

Para el nuevo reglamento, no reportar al Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) representa una infracción leve.

No establecer un sistema de registro de los datos esenciales del vuelo y la ausencia durante un periodo de 10 días de un reporte, por escrito, de una emergencia en vuelo que requiera acción inmediata.

Así como también que el piloto no se haya asegurado de que la aeronave contenga la energía suficiente para su funcionamiento durante el vuelo.

La pieza, depositada ante el Congreso Nacional por el Poder Ejecutivo, modificó y adicionó otros artículos para robustecer la legislación en el ámbito de la seguridad operacional.

Sanciones y multas

El proyecto establece que las infracciones leves serán sancionadas con multa administrativa no menor a tres, ni mayor a 50 salarios mínimos. Además, podría ser sancionado con hasta 30 días de suspensión del permiso.

En el artículo 308 estarían las infracciones moderadas, que se sancionarán con multa administrativa no menor de cincuenta, ni mayor a 120 salarios del sector público. Al igual que con la suspensión de 45 días del permiso certificado o licencia del infractor.

Mientras que las graves se sancionarán con multa administrativa no menor a 120, ni mayor a 300 salarios mínimos del sector públicos y en caso de ser necesario, recibirá una suspensión desde 46 hasta 365 días del permiso dispuesto.

En última instancia, podría ser sancionado con una revocación del permiso de manera indefinida. 

El presidente de la camara baja, Alfredo Pacheco, informó que este proyecto de ley, proveniente del Senado, fue enviado a una comisión especial para ser estudiada en un plazo ordinario.