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La República

TSE se reserva fallo sobre impugnación de Ramfis Domínguez Trujillo

Durante el conocimiento de la audiencia, el Tribunal concedió la solicitud de comparecencia personal del recurrente, lo que se decidió con el voto disidente del magistrado Pedro P. Yermenos Forastieri y la oposición de la representación legal de la JCE.

El TSE ha recibido casos de impugnaciones relacionados a las elecciones municipales.Listín Diario

El Tribunal Superior Electoral (TSE) se reservó el fallo sobre la “demanda en impugnación de resolución de la Junta Central Electoral (JCE), sometida por Ramfis Domínguez Trujillo y el Partido Esperanza Democrática (PED), luego de que se le negará la solicitud de inscripción de su candidatura presidencial de cara a las elecciones ordinarias generales a celebrarse el 19 de mayo de este año.

Durante el conocimiento de la audiencia, el Tribunal concedió la solicitud de comparecencia personal del recurrente, lo que se decidió con el voto disidente del magistrado Pedro P. Yermenos Forastieri y la oposición de la representación legal de la JCE.

En favor de que el señor Trujillo depusiera ante la Alta Corte estuvieron los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Fernando Fernández Cruz, jueces titulares; y el juez suplente Juan Manuel Garrido Campillo.

De otro lado, el Tribunal se reservó el fallo del Recurso de Apelación contra el Acta núm. 180-2024 de fecha 28/febrero/2024, emitida por la Junta Electoral de Jarabacoa, dentro de la demanda en Anulación de Elecciones de Colegios Electorales incoada en fecha 26 de febrero del 2024.

El recurso fue interpuesto por Santiago Trinidad Peñaló, representante y Presidente Municipal del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y Yunior Esteban Torres Ayala, candidato a Alcalde del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y sus aliados contra la Junta Electoral de Jarabacoa.

En este proceso se produjo la intervención voluntaria del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).

Cuando ambos fallos sean dictados, la Alta Corte los notificará a las partes, vía secretaría general del Tribunal.

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