La República

Vidal Potentini someterá acción de inconstitucionalidad en contra de reglamento del TSE

Los abogados Trajano Vidal Potentini y Johnny Rodríguez.

El presidente electo del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), Trajano Vidal Potentini, anunció que la próxima semana apoderará al Tribunal Constitucional (TC) de una acción constitucional en contra del reglamento jurisdiccional del Tribunal Superior Electoral (TSE), quien mediante sentencia ordenó el reconteo de los votos de las elecciones del gremio celebradas el 2 de diciembre del 2023.

El jurista dijo esperar que el TC, en lo inmediato y de forma urgente, conozca y dé respuesta de los recursos de revisión y suspensión, que el pasado 15 de enero, depositará el Colegio de Abogados en contra de la decisión dictada por los jueces del TSE, Ignacio Pascual Camacho Hidalgo, Fernando Fernández y Yermenos Forastieri, la cual a su juicio constituye una perturbación al sistema democrático y al orden constitucional.

Manifestó que la acción que interpondrá busca extirpar del ordenamiento jurídico, el peligro que han proyectado algunos de los jueces del TSE, al proyectarse competencias que no le corresponden.

Vidal Potentini consideró que se trata del "mayor desacierto cometido por tribunal alguno del país", asegurando que el mismo es incompetente para conocer conflictos de los gremios profesionales, señalando que solo bastaría con consultar en Google, para comprender la transgresión de esta desafortunada sentencia.

“Esta sentencia sin lugar a dudas es un monumento al quiebre de la independencia e imparcialidad judicial, violatoria por demás a la constitución, a las leyes electorales, incluso a sus propias decisiones, y peor aún inobservando los precedentes vinculantes del Tribunal Constitucional”, adujo el destacado jurista.

Felicitó y destacó el voto disidente y valiente de las dos magistradas del TSE, Rosa Pérez y Hermenegilda del Rosario Fondeur, quienes entendieron que hay otras vías para conocer el conflicto, falta de calidad de algunos de los accionantes, hasta el desconocimiento de sus propios precedentes y la contradicción con otras decisiones del TC.