TC declara inadmisible acción de parceleros que reclaman indemnización por parcela Bahía de las Águilas

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Wanda MéndezSanto Domingo, RD

El Tribunal Constitucional declaró inadmisible un recurso de revisión de amparo interpuesto por un grupo de personas y una empresa, que reclaman ser resarcidos económicamente por su presunta condición de parceleros y terceros adquirientes de porciones de terrenos de Bahía de las Águilas, cuyo derecho de propiedad le fue reconocido al Estado dominicano por la Jurisdicción Inmobiliaria mediante sentencias ratificadas por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

El Constitucional inadmitió el recurso de revisión porque no cumplió con el requisito de formalidad que exige el artículo 96 de la ley 37-11, orgánica del Tribunal Constitucional y los procedimientos constitucionales, “relativo a la motivación, claridad y certeza que debe primar en el escrito introductorio”.

El recurso fue presentado contra la sentencia número 0030-03-2021-SSEN-00515, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) el 17 de noviembre de 2021, que declaró inadmisible, por improcedente, una acción de amparo de cumplimiento interpuesta por los reclamantes de la indemnización “dado la preexistencia de cosa juzgada, atendiendo a lo resuelto por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia”.

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