Resolución de CNSS no subió coberturas a los afiliados
Algunas sociedades médicas mostraron su oposición y se espera que el CMD fije su posición.
Los prestadores de Salud (médicos, clínicas, laboratorios y centros diagnósticos) son los principales beneficiados de la nueva resolución emitida por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), ya que otorga incrementos en honorarios y tarifas de los servicios que ofrecen.
No obstante, no modifica el Plan de Servicio de Salud (PDSS) para otorgar mayor cobertura en la canasta de servicios médicos de los pacientes afiliados, cuyo tema fue enviado a estudio de una comisión.
Aunque establece un incremento de 65 pesos mensuales en la cápita que recibirán las ARS por afiliados del Régimen Contributivo, ese aporte no representa un aumento en el pago que se descuenta al afiliado ni al empleador, ya que según se explica en la resolución, esos fondos serán tomado de la Cuenta del Cuidado de la Salud de las Personas del Seguro Familiar de Salud.
Establece que ni prestadores ni ARS pueden incrementar tarifas de pago a los afiliados.
La resolución No. 563-01, dada a conocer la tarde del jueves, con la que el organismo busca dar respuesta demandas que durante meses mantienen los prestadores de servicios de salud, establece un incremento de un 20% a los honorarios médicos concernientes a procedimientos y un 50% en las consultas de internamiento, a aplicarse a partir febrero de este año.
Solicita, además, al Ministerio de Trabajo realizar las gestiones para convocar el Comité Nacional de Honorarios Profesionales (CNHP) y contactar a las entidades que integran el mismo, a los fines de continuar analizando y estudiando el aumento en las tarifas de los honorarios profesionales por concepto de consultas médicas.
Quedó establecido que lo relativo a la propuesta de aumento de consultas ambulatorias, el aumento de la tarifa por concepto de emergencias, consultas domiciliarias, y la indexación anual se conocerán en el Comité Nacional de Honorarios Profesionales, que se encargará de su evaluación.
Servicios diagnósticos
La resolución aumenta un 7% a las tarifas por concepto de exámenes y pruebas diagnósticas, lo cual representa 1,200 millones de pesos al año. Además de un incremento de un 15% por el uso de sala y equipos, lo cual, señala, continuará revisándose con una periodicidad de 90 días y cuyos aumentos estarían a cargo de la Cuenta del Cuidado de la Salud de las personas, lo cual no afecta el bolsillo de los afiliados.
Para las clínicas y ARS
En la disposición, el CNSS aumentó también la cobertura de un 15% en el uso de habitaciones de las clínicas y hospitales, por afiliado por día, lo que representa más de 350 millones de pesos. En este sentido, la cobertura otorgada por las ARS será del 100% hasta el monto de RD$1,725.00 y del 90% en el tramo comprendido entre RD$1,726.00 y RD$2,415.00.
Códigos a médicos
En torno a los códigos médicos, que es el número que entregan las ARS a los médicos con los que firman contratos, con lo que los habilita para atender a sus afiliados (procedimiento que rechaza el CMD), la resolución establece que las ARS se comprometen a otorgar los códigos a los médicos, en un plazo no mayor de 30 días, a partir de que completen las documentaciones y requisitos necesarios. Indica que, en el caso de diferencias, la SISALRIL se compromete a realizar las convocatorias que sean necesarias, con el objetivo de fungir como mediador entre las ARS y el Colegio Médico Dominicano, para que los médicos puedan recibir de manera oportuna sus respectivos códigos.
Cobertura a los afiliados
En torno a la demanda de modificar el Plan de Servicios de Salud para dar mayor cobertura en atenciones médicas y de medicamentos a los afiliados, el CNSS aprobó a través de la resolución No. 562-04 la revisión del Plan Básico de Salud (PBS), presentada por la Sisalril.
El mismo, valorando aquellas consideraciones dadas por la Asociación Dominicana de Igualas Médicas y Administradoras de Riesgos de Salud (ADIMARS), la Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (ADARS), la Asociación Dominicana de Clínicas Privadas (ANDECLIP) y el Seguro Nacional de Salud (Senasa), y tomando en cuenta que no pongan en riesgo la eficacia, equidad y protección financiera del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).