Justicia

Tribunal ordena a la alcaldesa de San Juan de la Maguana la reapertura restaurant

Wanda MéndezSanto Domingo, RD.

Un tribunal de San Juan de la Maguana autorizó la reapertura del bar y restaurante La Vecina, al establecer que fue clausurado de forma arbitraria, sin cumplir con el debido proceso de ley.

La justicia ordenó a la alcaldesa de San Juan de la Maguana, Hanoi Yaquelin Sánchez Paniagua, abstenerse de realizar, de manera arbitraria, intimaciones y advertencias tendentes a obstaculizar el libre desenvolvimiento de las actividades en ese negocio, sin el debido cumplimiento de los procedimientos legales y justificación en derecho.

La Cámara Civil, Comercial y de Trabajo de esa jurisdicción acogió parcialmente una acción de amparo interpuesta por la señora Aldiana Fernández Mesa, en contra del Ayuntamiento Municipal de San Juan de la Maguana y la Arquitecta Hanói Sánchez Paniagua, mediante instancia del 13 de enero de 2023.

Declaró que la ordenanza civil número 0322-2023-SORD-00002 sea ejecutoria sobre minuta, no obstante, cualquier recurso que se interponga contra la misma.

El fallo fue emitido el 24 de enero por la presidenta de la cámara civil Cleury Tejada Romero, quien actuó como jueza de amparo en materia contenciosa administrativa municipal.

La accionante fue representada por los abogados Francisco Isaías Ogando Fernández, Grismeldy Antonia Zabala Paniagua y Milanny Méndez Novas.

El tribunal constató que el impedimento de abrir el lavadero de autos en el establecimiento comercial fue dispuesta en base a una simple comunicación emitida por la Unidad de Gestión Ambiental Municipal (UGAM), dependencia del Ayuntamiento, de fecha 21 de diciembre del 2022, sin ser el órgano autorizado por la ley para emitir resoluciones municipales.

“La referida actuación no está sustentada en los parámetros de juridicidad que deben revestir las actuaciones administrativas, lo que vulnera garantías del debido proceso a la hoy accionante, ya que la misma ni se ha enterado cuales son las violaciones en que ha incurrido y por las cuales se le están restringiendo su derecho de desarrollar el negocio pretendido.”, estableció la jueza.

Determinó que el acto administrativo dictado por el Ayuntamiento no fue debidamente motivado y vulnera varios de los principios que rigen la administración pública, “por lo que deviene en arbitrario y violenta una garantía fundamental del debido proceso que debe asistirle a la ciudadana Aldiana Fernández Mesa”.