Critican aspectos del proyecto de ley de fideicomiso
Riesgo. La FJT advierte sobre el riesgo de aprobarlo sin una debida ponderación y minucioso examen.
La Fundación Justicia y Transparencia (FJT) consideró ayer que algunos aspectos del proyecto de ley de fideicomiso llaman a preocupación, como las ambigüedades y poca claridad con las contrataciones públicas y el acceso a la información pública.
La entidad cita también el carácter irrevocable y la duración de hasta 30 años de los fideicomisos y la composición de los comités técnicos, en donde el sector privado de cinco integrantes podría tener tres y con ello la mayoría en la decisiones.
“Son estos algunos de los apremios y preocupaciones, que nos llevan a plantear una serie de observaciones, para tratar de mejorar y corregir las incongruencias y posibles inconstitucionalidades, que pudiera tener el proyecto aprobado por el Senado”, expresa en un documento que presentará a la Cámara de Diputados con una serie de reflexiones y consideraciones relacionadas con la aprobación del proyecto de ley sobre Fideicomiso Público.
La FJT precisa que la aprobación final de este proyecto de ley, sin una debida ponderación y minucioso examen, incluyendo un consenso de toda la clase política e incluso vistas públicas, devendría en un antidemocrático y mal precedente para el país, con una eventual afectación de la gobernabilidad democrática.
Advierte de las transgresiones a principios más elementales del derecho constitucional y administrativo, incluyendo el propio texto constitucional.
El presidente de la FJT, Trajano Vidal Potentini, estima que el formato y la estructura del proyecto aprobado por el Senado, contiene muchos avances, tales como, el supeditar el fideicomitente adherente a la condición de ente público, el estar sometido a las Cámara de Cuentas y la Contraloría General de la República,
El jurista entiende que parecería un contrasentido, el hecho de que el presidente de la República necesite la aprobación congresual, para el endeudamiento de un fideicomiso que vaya a constituir.
“No así una vez constituido el fideicomiso, podrán los administradores, no solo endeudarlo a sus anchas, sino, además, sin que esto sea parte o figure como deuda pública”, reflexionó Potentini.
Indicó también que el proyecto de Fideicomiso Público aprobado por el Senado, en sus artículos del 15 al 23, pone a cargo de la Superintendencia de Bancos el ámbito regulador, además de establecer una perturbadora y distorsionadora estructura, para la regulación de los fideicomisos públicos, con un esquema sancionatorio y la creación y clasificación de diversas faltas en el ámbito administrativo, desvirtuando la naturaleza del derecho público y más aún la delicada función de la Superintendencia de Bancos, orientada a un entorno privado.
“De uno de los temas más medulares de nuestra economía, como lo es el sector financiero, este salto al vacío, violatorio de innúmeras disposiciones y principios legales, se manifiesta, para poner un ejemplo, en el panorama hipotético, de un funcionario subalterno y dependiente del Poder Ejecutivo, escrutando y regulando los actos y actividades, que emanen de su superior jerárquico, el Presidente de la República”, agregó.