Honrarán pago debió hacerse hace 60 años
Tribunal Constitucional. Ordenó a Hacienda incluir en presupuesto del 2023 una partida para el pago de una parcela ubicada en el Jardín Botánico.
El Tribunal Constitucional ordenó al Ministerio de Hacienda que incluya en el presupuesto del 2023 una partida para el pago de una parcela ubicada en los terrenos donde funciona el Jardín Botánico, que fue confiscada en el año 1962, sin otorgarle una compensación a su propietaria.
El TC dispuso que Hacienda cumpla con una sentencia del año 1996, emitida por la Corte de Apelación Civil de Santo Domingo, en funciones de tribunal de confiscaciones, que fijó la compensación en RD$238,400, más el pago de un interés, contado desde la fecha de la demanda en reivindicación, el 15 de octubre del año 1972.
La señora María de la Paz Onaney Parra Landestoy reclama la suma de RD$780,000,000, por el monto de la sentencia más los intereses generados.
Penalidad por tardanza
La Corte constitucional impuso al Ministerio de Hacienda el pago de una astreinte de RD$30,000.00, por cada día de retardo en el cumplimento de la sentencia, liquidable a favor de Parra Landestoy, computados a partir de la fecha en la cual no se realice la consignación en el presupuesto.
Ordenó la comunicación de la sentencia a la reclamante, a la Procuraduría General de la República, al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Procuraduría General Administrativa, al Jardín Botánico Nacional Dr. Rafael María Moscoso, al Ministerio de Hacienda y al Poder Ejecutivo.
Su madre inició proceso
Las gestiones en procura del pago fueron iniciadas hace 68 años por la señora Guillermina Landestoy viuda Parra. Luego de su fallecimiento, en diciembre del 2010, las acciones legales fueron continuadas por su hija María de la Paz Onaney Parra Landestoy.
En la sentencia TC-0332/22, el órgano constitucional señala que no verifica ninguna situación excepcional o de emergencia que justifique la falta de pago de la compensación fijada respecto al inmueble confiscado por el Estado dominicano, correspondiente a la parcela número 65, del Distrito Catastral 4, del Distrito Nacional, la cual forma parte del terreno que aloja al Jardín Botánico Nacional.
“Por tanto, ha quedado evidenciado el incumplimiento de la Administración Pública con relación a esta última, por haber sido despojada, hace más de sesenta y ocho (68) años, del goce, disfrute y disposición de un inmueble de su propiedad sin el debido resarcimiento de la compensación establecida mediante sentencia irrevocable dictada en el año mil novecientos noventa y seis (1996), en franca violación a nuestra Carta Sustantiva y a los precedentes de esta sede constitucional”, establece en su sentencia el TC.
Sepa más
Excepción
Precisó que generalmente ha optado por establecer el monto a pagar en casos similares en base al avalúo emitido por la Dirección General de Catastro Nacional.
“No obstante, en el presente caso aplica una excepción, por tratarse del incumplimiento de pago de un crédito dotado de certeza, liquidez y exigibilidad que se ha perpetrado por más de seis décadas en perjuicio de la accionante.”, puntualizó el TC.