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Enfoque

La impunidad de los delincuentes

José A. Rodríguez MejíaSanto Domingo, RD

Hace pocos días ocurrió un hecho que ha causado indignación en la ciudadanía y que debería llamar la atención de las autoridades.

Un delincuente, con intenciones criminales, sindicado así por el hecho de portar una arma con municiones, penetró a una vivienda a las 2:30 de la madrugada y fue sorprendido por su propietario con todo lo que había robado, por lo que se produjo un enfrentamiento entre ambos y con la misma arma que portaba el ladrón, el dueño de la vivienda le propinó una herida al mismo, por lo que fue llevado a juicio y un juez de la comarca le impuso una garantía económica, como sanción y condena por haberse defendido y haber herido a un malhechor que pudo haberle quitado la vida a él y a su familia, dentro de su vivienda.

Este tipo de acciones son un indicativo de que, sin dudas, la delincuencia en nuestro país se encuentra muy ligada a factores que incluyen la vulnerabilidad de nuestro sistema judicial, que, con frecuencia, haciendo gala de una fiesta de recursos de amparo para favorecer a los delincuentes y condenando a los afectados que se defienden, promueven este tipo de acciones en todo el territorio nacional, causando en los ciudadanos decentes, un sentimiento de impotencia e indignación.

La falta de sanción junto a la corrupción rampante en ciertos sectores de nuestra justicia crea un ambiente favorable para el avance de este flagelo que está azotando gravemente nuestro país. Cuando no hay sanción, los delincuentes no temen.

Contamos con un código procesal penal que permite a la justicia favorecer a los delincuentes, en muchas ocasiones a cambio de beneficios económicos y en otras por una aplicación inadecuada del citado código.

Son muchos los casos en que ciudadanos afectados por la delincuencia se defienden, hiriendo al malhechor y que son sometidos a la justicia, cuando lo que se debería hacer es premiar a ese individuo que tuvo el valor de enfrentar un criminal y salvar su vida.

Los Artículos 328 y 329 del Código Penal de la República Dominicana, hacen alusión al hecho de que en la legítima defensa no hay crimen ni delito, cuando se irrumpe la propiedad privada y se pone en riesgo la vida del propietario y sus familiares. El propietario se puede defender de “cualquier manera” para preservar su vida y la de los suyos, pero la justicia en muchos casos no reconoce este derecho, pero sí, el poner en libertad a los delincuentes.

Da vergüenza escuchar que un altísimo porcentaje de los delincuentes y criminales que capturan las autoridades, tienen en sus haberes varias fichas por comisión de actos delictivos y están en libertad; son protegidos desde las altas esferas del poder para que entren por una puerta acusados y salgan libres por otra, sin ninguna consecuencia.

Como dice el salmista: “no hay temor de Dios en sus corazones”, Sal 36:1.

Mientras no exista la voluntad de aplicar un verdadero castigo por este tipo de actos, esos desaprensivos no cesarán de cometer sus actos delincuenciales ni tendrán temor de las autoridades que los detienen.

En Singapur, por ejemplo, aplican la ley marcial a los delincuentes y es uno de los países más seguros del mundo; Yo haría una propuesta: ¿Y qué tal si de manera automática, en nuestro país, los atracos y asaltos fueran castigados con la pena máxima estipulada por nuestra justicia?; creo que un delincuente lo pensaría diez veces antes de cometer un atraco o de asesinar a alguien.

Si no se consideran estos elementos como parte del análisis para la búsqueda de soluciones, nunca se resolverá el problema de la violencia, y la criminalidad irá en aumento hasta terminar de convertirnos en una nación carcomida por el virus putrefacto de la delincuencia, privándonos de nuestra libertad y colocándonos a merced de lacras que en este momento imponen sus reglas por encima de las autoridades.