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Someten proyecto de ley para sancionar el ingreso ilegal de extranjeros al país

La iniciativa es del senador Carlos Gómez.

Haitianos siendo repatriados. / Foto de archivo

Haitianos siendo repatriados. / Foto de archivo

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Redacción digitalSanto Domingo, RD

El senador de la provincia Espaillat, Carlos Gómez, introdujo un proyecto de modificación a la Ley General de Migración 285-04, que procura definir y sancionar el ingreso ilegal de extranjeros al territorio dominicano.

Las condiciones de entrada, permanencia y salida de los extranjeros en el territorio nacional, así como las de salida y retorno de nacionales desde o hacia el territorio nacional se encuentran establecidas en la Ley General de Migración y en el reglamento de aplicación de dicha legislación.

El proyecto de modificación de ley establece como reingreso ilegal: “cuando cualquier extranjero ingrese, intente ingresar o se encuentre en cualquier momento en territorio de la República Dominicana sin la aprobación de las autoridades correspondientes después de que se le ha negado la admisión, se ha expulsado, deportado o ha salido del país mientras existía una orden de expulsión o deportación pendiente”.

Considera, además, como delito el reingreso ilegal de un extranjero a la República Dominicana, cuando éste ha sido objeto de un proceso de inadmisión, deportación y expulsión del territorio dominicano, sin tener la debida autorización de los organismos competentes.

En ese sentido, sanciona, conforme a evaluación de las circunstancias que dieron lugar a la inadmisión, deportación y expulsión del territorio dominicano, y tomando en consideración si la persona que reingrese de manera ilegal posee o no antecedentes penales en la República Dominicana, con multas que van desde dos hasta cien salarios mínimos y/o prisión de quince días hasta cinco años.

En el caso de que la persona que reingresa de manera ilegal no posea antecedentes penales, será sancionada con multas que van desde dos a veinte salarios mínimos del sector público o con prisión de quince a noventa días de prisión, pudiendo imponerse ambas penas a la vez.

En el caso de que un extranjero, sin la aprobación de los organismos correspondientes, después de ser condenado por la comisión de un delito o crimen que dio origen a la deportación o expulsión, reingrese de manera ilegal a la República Dominicana, será sancionado con multas que oscilan entre los diez a cien salarios del sector público o prisión de dos años a diez años de prisión, o ambas penas a la vez.

De igual manera, la iniciativa de ley establece que será “sancionado con el doble de la pena impuesta con anterioridad, toda persona que después de ser condenada por reingreso ilegal a la República Dominicana ingrese nuevamente sin haber obtenido la autorización de las autoridades correspondientes.”