SCJ establece que los padres son civilmente responsables de hechos cometidos por sus hijos menores de edad

Esto cuando la culpa se atribuya a la falta de vigilancia

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Santo Domingo, RDSanto Domingo

La Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) estableció que los padres son civilmente responsables de los hechos cometidos por sus hijos menores de edad, cuando se trate de una culpa in vigilando, o atribuible por la falta de estos en su deber de cuidado.

La citada Sala, mediante sentencia núm. SCJ-SS-22-0038, de fecha 31 de enero de 2022, rechazó el recurso de casación incoado por los padres de un adolescente y ratificó la decisión de la Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes de San Francisco de Macorís que impuso al menor un año de privación de libertad con pena suspendida en su totalidad y el pago de una indemnización RD$750, 000.00.

“Que el principio de personalidad de la persecución destacado por los recurrentes pertenece a la dimensión penal, mientras que el tema debatido se enmarca en el aspecto civil subsidiario; en ese sentido, la alzada no ha incurrido en el vicio invocado, procediendo la indemnización impuesta a los padres, aún este haya alcanzado la mayoría de edad, puesto que esta deriva de una falta directa cometida por estos”, precisa la sentencia de la Segunda Sala.

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