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¿Cuántos motores y vehículos tiene retenidos la Digesett?

Paul MathiasenSanto Domingo, RD.

La acumulación de todo tipo de medios de transporte en las instalaciones del centro de retención vehicular o “Canódromo el Coco” es algo que se está acostumbrado a ver cada vez que se transita por la avenida Monumental.

El paso del tiempo no muestra, al menos a primera impresión, que la cantidad de vehículos, motores, así como cualquier otro equipo que sirva para el desplazamiento, haya disminuido.

No obstante, el Canódromo el Coco no es el único que existe. La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) tiene otros cinco centros de retención vehicular, siendo uno de ellos exclusivo para “chatarra”.

Un documento obtenido por este medio de parte de la Digesett, indica, en términos generales, establece que al 13 de abril, la institución mantenía retenidos 33,585 vehículos que se distribuyen en 31,292 motocicletas y 2,293 “vehículos” un término que se puede extender entre carros, camiones y otros métodos de transporte motorizados de cuatro ruedas.

Ya de manera específica, solo en el Canódromo el Coco hay 22,552 vehículos retenidos, divididos en 21,085 motocicletas y 1,467 vehículos.

A este le sigue el Centro de Retención Vehicular (CRV) de Villa Mella, donde hay 5,226 retenciones, a distribuir en 5,128 motocicletas y 98 vehículos.

Luego aparece el “CRV Chatarra” un espacio que tiene la Digesett donde únicamente depositan vehículos que son considerados inservibles por el tiempo que se mantuvieron retenidos sin ser reclamados.

Allí hay 3,074 motocicletas y 585 carros apilados, ocupando un espacio a la espera de una decisión sobre qué hacer con estos, responsabilidad que recae sobre el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).

Tras estos aparecen los CRV de la Independencia, Oriental y Malvella, que entre todos suman 2,005 motocicletas y 143 vehículos retenidos.

La tendencia, indudablemente, corresponde a una mayor retención de motocicletas que de vehículos.

Publicación de lista

Más allá de las cifras, el Intrant tiene la obligación, según la ley 63-17, de publicar todos los meses la lista de los vehículos que se mantiene retenidos en los CRV.

No obstante, desde la creación del Intrat nunca se ha realizado la acción establecida por ley.

De igual manera, el Intrant tiene la potestad de poder subastar los vehículos no retirados de los CRV luego de 90 días, acto que tampoco han realizado desde su creación, propiciando así la acumulación de chatarra.