Los “reparos jurídicos” del PLD a la propuesta de reforma constitucional

El expartido oficialista ha manifestado en reiteradas ocasiones su rechazo a otra modificación constitucional

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Javier FloresSanto Domingo, RD

El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) presentó un documento con sus “reparos jurídicos” con relación a la propuesta de reforma constitucional presentada por el Poder Ejecutivo en búsqueda de “fortalecer la institucionalidad” del país.

El expartido oficialista ha manifestado en reiteradas ocasiones su rechazo a otra modificación constitucional, retirándose junto a otros partidos de oposición de la mesa temática de transparencia e institucionalidad donde se discute la pieza propuesta; y en un documento de 14 páginas presentó los argumentos y “críticas formuladas” acerca de los puntos que están pautados a ser reestructurados en la posible reforma.

Sobre el Ministerio Público

La razón principal, de acuerdo con el Gobierno Central y dirigentes del Partido Revolucionario Moderno (PRM), es “fortalecer la independencia del Ministerio Público”; en su propuesta el Poder Ejecutivo propone modificar el artículo 169 de la Constitución para retirarle a la entidad la “formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad”; asignarle la responsabilidad de formular e “implementar la política de persecución contra la criminalidad”, además de “establecer una reserva de ley para la regulación de sus funciones.

Por igual propone un cambio en el artículo 171, con el propósito de disponer que tanto el procurador General de la República, como los procuradores adjuntos “sean designados conforme a una ley que será aprobada por el Poder Legislativo”. Además de que los mismos duren un total de seis años en el cargo.

El PLD señala que esa propuesta es “diametralmente opuesta” a la pretensión de querer fortalecer la “independencia” del Ministerio Público ya que ese artículo actualmente limita a que solo la mitad de los procuradores adjuntos puedan ser designados por el Poder Ejecutivo, en conjunto con el titular.

“Eliminar eso del texto constitucional y remitirlo a una ley cuya forma y contenido están sujetos a la voluntad de las mayorías legislativas es desmontar las garantías constitucionales existentes de la independencia del Ministerio Público. Con el cambio propuesto se elimina la protección constitucional de que la mitad de los adjuntos del procurados general sean de carrera”, señala el texto del PLD.

La entidad política también se manifiesta en contra de la disposición transitoria que señala la propuesta que indica que mientras la ley este lista, la designación del procurador y sus adjuntos sean atribuciones directas del Presidente.

“El propósito es claro: tener un Ministerio Público a imagen y semejanza del actual partido de gobierno hasta el final del próximo periodo constitucional…es una trampa jurídica puesto que una vez proclamada, el Presidente podría designar por decreto al procurador general y sus adjuntos hasta 2018”, agrega el documento.

Sobre las funciones del Consejo Nacional de la Magistratura

El Poder Ejecutivo propone que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) sea atribuida de la función de remover de su cargo a cualquier persona cuya designación sea de su competencia, en caso de comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones y de conformidad con la ley; quitándole esa facultad al Senado de la República, en un intento de “despolitizar” esas funciones.

“Un órgano como el Consejo Nacional de la Magistratura no debe poder sustituir a los poderes con legitimidad democrática directa ni mucho menos convertirse en amo y señor del sistema de justicia… es decir, que el Consejo Nacional de la Magistratura sustituiría al más plural de los poderes democráticamente electos del Estado dominicano en la función de llevar a cabo juicios políticos contra los jueces de las altas cortes”, añade la comunicación.

El partido presidido por Danilo Medina manifiesta que el CNM no debe de ser quien remueva a los jueces de las altas cortes, ya que ellos mismos son quienes los designan.

“Quien designa un funcionario y al mismo tiempo tiene la capacidad de destituirlo es, por definición, su jefe. De tal manera que todos los jueces de las altas cortes tendrían que agradecer su nombramiento al Consejo Nacional de la Magistratura, y al mismo tiempo temer desagradar a quien tenga una mayoría en ese Consejo. Esto es lo contrario de independencia”, señala el partido opositor.

Sobre el Tribunal Constitucional

El Gobierno propone modificar el artículo 186 de la Carta Magna con el propósito de mantener la mayoría calificada de nueve o más miembros que necesita el Tribunal Constitucional (TC) para adoptar sus decisiones en los casos de acciones directas de inconstitucionalidad, control preventivo de los tratados internacionales y conflictos de competencia, pero remitir a la ley la determinación de la mayoría exigida para la adopción de decisiones relativas a las otras materias competencia del mismo.

“Aunque el propósito de disminuir en algunos casos la necesidad de mayoría cualificada es razonable, la forma en la que se presenta creará más problemas que los que puede solucionar. Existen razones de peso por las cuáles se exige que las decisiones que puedan anular leyes o que tengan fuerza de precedente vinculante requieran de mayorías calificadas. Sin ese mecanismo, los vaivenes de la jurisprudencia constitucional podrían ser dañinos a la seguridad jurídica. Es necesario separar los casos para los que se conserva la mayoría calificada y la naturaleza de precedente vinculante, y los que no”, indican los argumentos del PLD.

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