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TSA se declara incompetente al pedido de Jean Alain de unas disculpas públicas

El recurso también piden que retiren todo tipo de noticia que lo vincule con el caso Medusa.

Jean Alain Rodrígez, foto de archivo. / Listín

Jean Alain Rodrígez, foto de archivo. / Listín

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Ramón Cruz BenzánSanto Domingo, RD

La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), declaró su incompetencia para conocer un recurso de amparo interpuesto por el exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez.

El recurso interpuesto buscaba que el Ministerio Público le pida una disculpa pública y rectificación, alegando faltas cometidas en sus actuaciones internas y externas en el caso Medusa.

El tribunal tras tomar la decisión remitió el expediente al cuarto juzgado de la instrucción del Distrito Nacional, tribunal control de las investigaciones, para que conozca el recurso del exfuncionario sometido a través de su abogado Francisco Franco.

En la audiencia la defensa de Alain Rodríguez había pedido al tribunal ordenar a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) y a la Procuraduría General de la República, restablecer en sus derechos al accionante, procediendo formalmente con una disculpa y rectificación pública y expresa ante su faltas cometidas en sus actuaciones internas y externas en el caso Medusa.

Asimismo, solicitó retirar toda noticia colocada en medios digitales propios y procurar el retiro de los mismos en todo medio de comunicación escrito o digital de terceros de manera que toda búsqueda digital de la palabra Medusa no conduzca a una relación con el nombre del impetrante.

Por tanto, y en igual sentido, abstenerse en el futuro de utilizar tales expresiones vejatorias u otras que resulten desproporcionadas e innecesarias para referirse a Alain Rodríguez, por vulnerar los derechos citados previamente.

Ante ese pedimento, la directora de Persecución, Yeni Berenice Reynoso, había pedido al tribunal desestimar dicho recurso, ya que todo pedimento que tiene que ver con devolución de bienes, revisión de medidas, y otras peticiones, tiene que ser conocido por el Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional que es el apoderado del tribunal control.