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Los cobros de anticipo en clínicas dependen de la gravedad del paciente

ANDECLIP asegura que al 90% de los pacientes no se le pide depósito para ser ingresados

Doctor Rafael Mena

Doctor Rafael Mena

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Doris PantaleónSanto Domingo, RD

El cobro de an­ticipo o de­pósito para el ingreso en una clínica privada va dirigido a pa­cientes que no están ase­gurados o que la ARS afi­liada no tiene contrato con ese centro de salud, y el monto económico que se le pide depende de la afección o problema de salud que presenta.

La explicación la ofre­ció ayer el presidente de la Asociación Nacional de Clínicas y Hospitales Pri­vados (ANDECLIP), doc­tor Rafael Mena, quien di­jo que si el paciente tiene carnet de seguro y la Ad­ministradora de Riesgo de Salud (ARS) confirma su vigencia de afiliación no se le pide ningún depósito económico, lo que ocurre con el 90% de los pacien­tes que ingresan.

Agregó que si es un pa­ciente que llega y ameri­ta ser intervenido quirúr­gicamente se le pide una mayor suma económica de anticipo como garan­tía para el centro de sa­lud dado los costos de los servicios y la inflación; si requiere ir a una Unidad de Cuidados Intensivos (UCI), el monto exigido será otro y si por el con­trario es una afección le­ve que demanda ingreso en un área normal de in­ternamiento, el depósito que debe hacer será me­nor.

Dijo que, aunque la ma­yoría de las clínicas y los médicos tienen contratos con casi todas las ARS par­ticipantes en el sistema, hay un número, aunque mínimo, que no tiene afi­liación al sistema, por di­versas razones.

Paralizarán servicios Mena señaló que la infla­ción que vive el país ha in­crementado el costo de todos los servicios, incluyendo pro­ductos para la alimentación e higiene, lo cual golpea se­veramente a las clínicas, que además se ven obligadas a re­visar los salarios de su perso­nal cada año.

Reiteró que la garan­tía económica y las que­jas de los pacientes al res­pecto podrían evitarse si se aplicara la Ley de Segu­ridad Social, la 87-01, en lo referente a la indexa­ción o ajuste de las tari­fas acorde a los índices de inflación por los servicios que brindan a afiliados, lo cual no se ha hecho.

Recordó que ANDE­CLIP ha convocado a sus afiliados a una asam­blea para el próximo jue­ves para escoger a cuál de las ARS que participan en el sistema le paraliza­rán los servicios como for­ma de presionar para que el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) proceda a cumplir con el mandato de la ley que manda a la indexación acorde a la inflación. El cobro de depósito o antici­po que hacen los estableci­mientos de salud privados al momento de ingresar a pacientes ha generado que­jas y reclamos de parte de pacientes y familiares que en las últimas semanas se han visto afectados por esa práctica.

Al respecto, la Superin­tendencia de Salud y Ries­gos Laborales (Sisalril) desautorizó la práctica del cobro; recordó a los Pres­tadores de Servicios de Sa­lud que el cobro de antici­po está prohibido cuando el servicio esté incluido en el Plan de Servicios de Sa­lud (PDSS) y pidió a la po­blación formalizar quejas cuando le hagan cobros in­debidos en centros de sa­lud.

“La Superintendencia de Salud y Riesgos Labora­ les prohíbe el cobro de an­ticipo en los Prestadores de Servicios de Salud contra­tados por la ARS del afilia­do, siempre que el procedi­miento a realizarse forme parte de los beneficios del Plan de Servicios de Salud (PDSS)”, señaló la Sisalril.

SEPA MÁS La Resolución Adminis­trativa 00156-2008 emi­tida por la Superinten­dencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) dispo­ne en su artículo primero que “ Se ordena a las Ad­ministradoras de Riesgos de Salud (ARS) garanti­zar a partir de la presen­te resolución, que en nin­gún caso o circunstancia las Prestadoras de Servi­cios de Salud (PSS) con­tratadas por estas, exijan a los afiliados del Seguro Familiar de Salud (SFS) pagos por concepto de anticipos o depósito como garantía por los servicios de atención médico-qui­rúrgicos que estos requie­ran, o nieguen el servicio por no realizar dicho de­pósito o anticipo”.