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Transformación de la Policía se hará mediante un fideicomiso

Comité lo integran los ministros de Interior y Policía, y de la Presidencia, FTPN y Fiduciaria Reservas.

La Policía Nacional entra ahora en una nueva etapa de transformación y educación.

La Policía Nacional entra ahora en una nueva etapa de transformación y educación.

El Poder Ejecutivo emitió ayer el decreto 729-21 que dispone la constitución de un Fideicomiso público, de administración, fuen­te de pago y garantía, para la Transformación y Profe­sionalización de la Policía Nacional (FTPN).

El decreto, además de crear el fideicomiso, ten­drá por objeto la “gestión, captación, administración y operación de los recur­sos” que fueren aportados al patrimonio fideicomiti­do por parte de los fideico­mitentes y tendrá una du­ración de 30 años a partir de la fecha de suscripción del contrato constitutivo.

Según el artículo 2 del decreto, el FTPN tendrá como fines “fundamen­tales” la administración de procesos de compras y contrataciones requeridos para la adquisición de bie­nes y servicios, incluyendo equipos de transporte, de tecnología, plataformas tecnológicas y soffware y equipos de comunicación.

También diseñar, for­mular y gestionar progra­mas de modernización, desarrollo y diversificación de los servicios de la Policía Nacional; fungir como una herramienta de promoción de alianzas público-priva­das y contribuir al fortale­cimiento de una “cultura de transparencia y eficiencia” en cuanto al uso de los re­cursos.

Las partes del fideicomi­so serán el FTPN, el Estado dominicano, que actuará a través del Ministerio de In­terior y Policía, la Policía Nacional, en calidad de fi­deicomisario, y la Fiduciaria Reservas S.A.

Funciones Comité Técnico En lo que respecta al Comi­té Técnico del Fideicomiso, estará integrado por el mi­nistro de Interior y Policía, en calidad de presidente, y el ministro de la Presiden­cia, como vicepresidente, así como tres personas del sector privado que serán de­signadas mediante decreto.

Estos miembros partici­parán con voz y voto y des­empeñarán sus cargos de manera honorífica.También podrán invitar a sus sesio­nes a personas o represen­tantes de personas jurídicas de derecho público o priva­do, vinculadas o relaciona­das con los asuntos a tratar.Además tendrán la respon­sabilidad y obligación de recibir y conservar los re­cursos que se integren al patrimonio del fideicomi­so, así como de los bienes de otros fideicomisos com­plementarios , adicionales o derevados que adminis­tre. Este patrimonio será destinado a asegurar una adecueda administración y operación de las iniciati­vas para la transformación y profesionalización de la Policía Nacionalo.

Se dispone también el cumplimiento del decreto, el contrato constitutivo del fideicomiso, así como las obligaciones que la ley nú­mero189-11. el reglamento número 95-12 y las demás normas complentatarias que se le imponen a la fidu­ciaria.

Asimismo, estipula que el FTPN “aprobará los ac­tos que se requieran para el cumplimiento del objeto y los fines del Fideicomiso FTPN, de acuerdo con las disposiciones del contrato constitutivo del fideicomi­so y el marco legal vigente aplicable”.

En el artículo 6 del de­creto establece que el pa­trimonio del fideicomi­so será integrado por los recursos provenientes del Presupuesto Nacional, a través del Ministerio de In­terior y Policía, los recursos que se incorporen, los bie­nes o recursos que terceras personas públicas o priva­das aporten en calidad de donativos a título gratuito con la autorización o no ob­jeción del Comité Técnico, entre otros.

Además el artículo 9 otorga un “poder especial” al Ministerio de Interior y Policía para realizar “todos los activos necesarios en los términos de las disposicio­nes legales para constituir el Fideicomiso FTPN”.

CLAVES Transferir bienes. El decreto instruye a las instituciones guberna­mentales competentes a realizar todos los trá­mites correspondientes para transferir los bie­nes y derechos afectos al Fideicomiso FTPN, en cumplimiento de las normas legales aplica­bles.

Misión de la PN. Conforme a la Consti­tución, la Policí tiene co­mo misión salvaguardar la seguridad ciudadana, prevenir y controlar los delitos, perseguir e in­vestigar las infracciones penales, bajo la direc­ción legal de la autori­dad competente, y man­tener el orden público.