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Yeni Berenice: Disminuir pena de violación sexual “por la condición de pareja de la víctima no admite una discusión razonable”

ASÍ LO EXPLICÓ REYNOSO A TRAVÉS DE LA RED SOCIAL TWITTER

Foto de archivo del Listín Diario.

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Redacción DigitalSanto Domingo, RD

La titular de la dirección general de persecución de la Procuraduría General de la República (PGR), Yeni Berenice Reynoso, se pronunció sobre la controversia de la tipificación de relaciones sexuales no consentidas en pareja dentro del proyecto de Ley del Código Penal, indicando que la disminución de pena en estos casos no admite una “discusión razonable”.

Así lo explicó Reynoso a través de su cuenta en la red social Twitter, donde también definió violación como penetrar a una persona sin consentimiento.

“Violación es un acto de penetración a una persona sin su consentimiento. Atenuar o eximir la configuración del tipo por la condición de pareja de la víctima no admite una discusión mínimamente razonable”, escribió la magistrada.

Las declaraciones de Reynoso se produjeron luego de que legisladores de la comisión bicameral que estudia el proyecto decidieran tener una penalización menor para las violaciones que ocurran dentro del matrimonio. A causa del escándalo nacional, los legisladores se volvieron a reunir y acordaron penalizar, dentro del proyecto, el referido acto con la misma sanción que una violación.

Las circunstancias bajo las cuales se puede considerar como una violación bajo una condena de 10 a 20 años son si se emplea engaño, fuerza, violencia, intimidación o amenaza o coerción; si se anula por cualquier medio, sin el consentimiento de la víctima, la capacidad de consentir.

También si la víctima se encuentra imposibilitada para comprender la naturaleza del acto en el momento que se realiza con enfermedad mental, sea temporal o permanente, y si se obliga o intimida a la pareja con violencia física o psicológica a participar o involucrar en una relación sexual no consentida con terceras personas.

Igualmente se agregó un párrafo adicional donde establece que en ningún caso se considerará a una persona menor de edad en capacidad de consentir una relación sexual.

A su vez, esta discusión se llevó a cabo después de que el diputado Eugenio Cedeño propuso la reducción de pena para quienes incurran en una relación sexual no consentida con su pareja, defendiendo su posición al asegurar que en el matrimonio “no hay violación”.

Aclaración

Asimismo, la directora de persecución de la PGR aclaró la distinción entre agresión y violación sexual, afirmando que esta última sólo ocurre cuando hay penetración, mientras que en el primero consiste en un acto sexual no deseado.

Además, resaltó que si una mujer viola a un hombre, esta está sujeta a la misma pena que a los casos de violación de un hombre a una mujer.

Al centro, la magistrada Yeni Berenice Reynoso durante una de las audiencias del caso Falcón, en la provincia Santiago. Foto de archivo de la PGR.