Justicia

SCJ instaura que la entrevista previa en sede policial carece de fuerza para sustentar una sentencia

La Suprema Corte explicó que este establecimiento se utilice como “un medio de refrescamiento de memoria del testigo o para ayudar a la construcción de la credibilidad o no del mismo”

Cortesía: Suprema Corte de Justicia

Redacción DigitalSanto Domingo, RD

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia instauró este lunes el criterio de que la entrevista previa en sede policial o en presencia del Ministerio Público, puede ser empleada como elemento de prueba complementario del testimonio.

La Suprema Corte explicó que este establecimiento se utilice como “un medio de refrescamiento de memoria del testigo o para ayudar a la construcción de la credibilidad o no del mismo”.

La referida Sala en su sentencia número 001-022-2021-SSEN-00097 de fecha 26 de febrero de 2021 estipula que: “Casa por vía de supresión sin envío la sentencia impugnada, al estimar procedente excluir como medio de prueba la entrevista policial por haber sido examinada por el tribunal sentenciador como elemento de prueba”.

“De acuerdo con la sentencia, la corte a qua al dar valor probatorio a la entrevista en sede policiales desnaturalizaron pilares del sistema penal que nos rige; y si bien su recolección ha sido lícita la misma carece de fuerza para sustentar una sentencia, pues como se ha indicado solo los elementos de prueba previstos por la norma adjetiva son los que pueden ser incorporados al juicio por su lectura”, apunta el comunicado de prensa.

La decisión fue adoptada por los jueces Francisco Antonio Jerez Mena, quien preside la Segunda Sala; y los magistrados: Fran Euclides Soto Sánchez, María G. Garabito Ramírez y Francisco Antonio Ortega Polanco.