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Puede entrar mercancía sin etiqueta en español

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Wanda MéndezSanto Domingo, RD

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la disposición de la Ley 358-05 sobre protección de los derechos del consumidor, que faculta a la Dirección General de Aduanas a no autorizar el despacho de productos de consumo im­portado cuyas etiquetas o rotulados no estén por lo menos en idioma español.

Estableció que ese re­quisito contenido en la parte final del artículo 41 de la ley viola los artícu­los 40.15, 74.2, 217, 218 y 219 de la Constitución, re­ferente a los principios de legalidad, razonabilidad, régimen económico y fi­nanciero, desarrollo soste­nible y de subsidiaridad del Estado a las iniciativas pri­vadas.

Acogió parcialmente una acción directa de in­constitucionalidad some­tida por la Organización Nacional de Empresas Co­merciales INC. (ONEC), contra una parte del artí­culo 41 de la ley 358-05, del 9 de septiembre de 2005.

“En cuanto al fondo, acoger parcialmente la re­ferida acción de incons­titucionalidad, y en con­secuencia declarar no conforme con la Constitu­ción un fragmento del ar­tículo 41 de la Ley núm. 358-05, de Protección Ge­neral de los Derechos del Consumidor o Usuario, únicamente en el enuncia­do relativo a la obligación de exigir el etiquetado o ro­tulado de los productos de consumo importados, por lo menos en idioma espa­ñol, por violación a los artí­culos 40.15, 74.2, 217, 218 y 219 de la Constitución”, establece el TC en el dispo­sitivo segundo del fallo.

Sin embargo, difirió los efectos de la inconstitucionalidad decretada por espacio de un año, contado a partir de su notificación.

Y exhortó al Congreso Nacional para que en un plazo no mayor de un año, a partir de la notificación de la sentencia, legisle para modificar el segundo párrafo del artículo 41 de la Ley 358-05, a fin de que la obligación del etiquetado en español, “pueda ser cumplida con posteridad al proceso de importación, pero antes de que los productos de consumo importados sean comercializados”.

Dispuso que si el Congreso no aprueba la modificación que le exhortó, ese aspecto de la norma legal quedará expulsada del ordenamiento jurídico, con todas sus consecuencias.

Impugnación

La parte final del artículo 41 de la ley 358-05 fue impugnada por la Organización Nacional de Empresas Comerciales mediante instancia presentada el 27 de marzo de 2017, la cual fue conocida en audiencia pública el 21 de julio de 2017.

Argumento

La accionante alegó que el texto objetado contiene restricción a la importación o despacho de mercancías en las aduanas dominicanas de productos de consumo importados cuyo etiquetado o rotulado no se encuentre por lo menos, en español.

Comunicado

El dispositivo de la sentencia fue publicado por el TC en el comunicado numero 38/21, emitido el 26 de agosto.

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