Puede entrar mercancía sin etiqueta en español
El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la disposición de la Ley 358-05 sobre protección de los derechos del consumidor, que faculta a la Dirección General de Aduanas a no autorizar el despacho de productos de consumo importado cuyas etiquetas o rotulados no estén por lo menos en idioma español.
Estableció que ese requisito contenido en la parte final del artículo 41 de la ley viola los artículos 40.15, 74.2, 217, 218 y 219 de la Constitución, referente a los principios de legalidad, razonabilidad, régimen económico y financiero, desarrollo sostenible y de subsidiaridad del Estado a las iniciativas privadas.
Acogió parcialmente una acción directa de inconstitucionalidad sometida por la Organización Nacional de Empresas Comerciales INC. (ONEC), contra una parte del artículo 41 de la ley 358-05, del 9 de septiembre de 2005.
“En cuanto al fondo, acoger parcialmente la referida acción de inconstitucionalidad, y en consecuencia declarar no conforme con la Constitución un fragmento del artículo 41 de la Ley núm. 358-05, de Protección General de los Derechos del Consumidor o Usuario, únicamente en el enunciado relativo a la obligación de exigir el etiquetado o rotulado de los productos de consumo importados, por lo menos en idioma español, por violación a los artículos 40.15, 74.2, 217, 218 y 219 de la Constitución”, establece el TC en el dispositivo segundo del fallo.
Sin embargo, difirió los efectos de la inconstitucionalidad decretada por espacio de un año, contado a partir de su notificación.
Y exhortó al Congreso Nacional para que en un plazo no mayor de un año, a partir de la notificación de la sentencia, legisle para modificar el segundo párrafo del artículo 41 de la Ley 358-05, a fin de que la obligación del etiquetado en español, “pueda ser cumplida con posteridad al proceso de importación, pero antes de que los productos de consumo importados sean comercializados”.
Dispuso que si el Congreso no aprueba la modificación que le exhortó, ese aspecto de la norma legal quedará expulsada del ordenamiento jurídico, con todas sus consecuencias.
Impugnación
La parte final del artículo 41 de la ley 358-05 fue impugnada por la Organización Nacional de Empresas Comerciales mediante instancia presentada el 27 de marzo de 2017, la cual fue conocida en audiencia pública el 21 de julio de 2017.
Argumento
La accionante alegó que el texto objetado contiene restricción a la importación o despacho de mercancías en las aduanas dominicanas de productos de consumo importados cuyo etiquetado o rotulado no se encuentre por lo menos, en español.
Comunicado
El dispositivo de la sentencia fue publicado por el TC en el comunicado numero 38/21, emitido el 26 de agosto.