Revisión de coerción a grupo del caso Coral será el día 27
Por otra parte, el consejo de defensa legal del exprocurador Jean Alain Rodríguez, del caso Medusa, interpuso recurso buscando nulidad del fallo que envió a su cliente a prisión.
Tras una decisión de aplazamiento ayer, será el viernes 27 de este mes cuando la jueza del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional conozca la revisión obligatoria de la medida de coerción dictada en contra de los implicados en el caso Coral, que tiene como principal imputado al mayor general Adán Cáceres Silvestre.
La magistrada quería conocer la audiencia de manera virtual, pero la defensa de los imputados se opuso, por lo que decidió reenviar la audiencia para esa fecha, a fin de tener la oportunidad de ponerse la segunda dosis de la vacuna del coronavirus.
A la audiencia fueron trasladados los imputados bajo estricta medida de seguridad por agentes de Vigilancia y Tratamiento Penitenciario (VTP), desde la cárcel de Najayo-Hombres y Mujeres.
En la audiencia el Ministerio Público estaba represando por Wilson Camacho, director de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), quien busca que el tribunal ratifique la decisión dictada por la jueza del Juzgado de Atención Permanente de esa jurisdicción, Kenya Romero, quien además declaró el caso complejo.
En el caso figuran como acusados además de Cáceres Silvestre, la revisión de la medida será conocida también a la pastora Rossy Guzmán, a su hijo Tanner Antonio Flete Guzmán, al coronel policial Rafael Núñez de Aza y al sargento de la Armada, Alejandro José Montero Cruz.
En contra de este grupo, el tribunal dictó 18 meses de prisión preventiva y dispuso su envío al Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo- Hombres.
Según la acusación, el exjefe del Cuerpo de Ayudantes Militares de la Presidencia durante los gobiernos de Danilo Medina, es acusado de dirigir un entramado de corrupción que utilizó como testaferros a la pastora Guzmán Sánchez y a personas de su cercanía.
Al alto oficial se le imputa enriquecimiento ilícito por más de tres mil millones de pesos.
La red, alega, usaba las empresas Shalom Tierra de Paz, la Asociación Campesina Madre Tierra, Hacienda Kelman, Inverosa, CSNA Universo Empresarial, Raffis Drink Club, RMG Rapifarma, Rummy Restaurant &Lounge, Aldom Glass Alumimiun, Randa Internacional Company EIRL y Único Real State e Inversiones, para el lavado de activos.
El caso Jean Alain El consejo de defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, interpuso un recurso de apelación solicitando la nulidad de la decisión del tribunal que dispuso su envió a prisión bajo la acusación de formar parte de un entramado de corrupción denominado Medusa, para estafar al Estado con más de 6 mil millones de pesos.
El recurso fue interpuesto por los abogados Carlos Balcácer, quien se sumo a la barra de la defensa, Gustavo Biaggi Pumarol y José Martínez Hoepelman, ante la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
Ahora, el presidente de la Cámara Penal de la Corte, Julio César Canó Alfau, deberá asignar mediante el sistema aleatorio computarizado a una de las tres salas penales para que conozca del recurso contra la decisión que lo envía al Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Hombres, por un periodo de un año.
Los juristas califican de “extrema e injusta” la medida de coerción impuesta al exprocurador, indicando que esta fue poco sopesada ya que el expediente del Ministerio Público carece de elementos probatorios que puedan sustentar y demostrar los ilícitos que se le imputan, los cuales “no tienen méritos en el ámbito penal ya que el expediente acusatorio solo refiere asuntos administrativos”.
Piden al tribunal que resulte apoderado el reexamen y modificación a la resolución recurrida y que las medidas de sujeción se distancien de la gravosa”, impuesta durante el conocimiento de la medida de coerción por la jueza del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, Kenya Romero.
CASO MEDUSA PASO Lo que piden Los abogados de Jean Alain piden que se ordene la libertad pura y simple de su defendido, o se aplique una menos gravosa, previa declaratoria inconstitucionalidad o, interpretación del todo o parte de las disposiciones de los artículos 227, 229 y 234 del Código Procesal Penal, “referentes a la prisión preventiva de su cliente, por ser violatorios a los principios de legalidad, proporcionalidad, y presunción de inocencia dispuestos en la Constitución y al convertir la prisión preventiva en una pena anticipada”.