Leonel dice con sentencia del TSA que declara FP partido mayoritario se "hace justicia"

El presidente de la Fuerza del Pueblo, Leonel Fernández, mostró su satisfacción tras la decisión del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que acogió que declara a esa organización como partido mayoritario y declaró nula la resolución número 02-2021 de la Junta Central Electoral (JCE), que establecía lo contrario.

Fernández entiende que con la decisión se consolida la democracia y se fortalece el sistema de partidos en República Dominicana.

“Con la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA), acogiendo el recurso de @FPcomunica , se pasa del absurdo a la razón, se consolida la democracia, se fortalece el sistema de partidos políticos y se hace justicia”, dijo el exmandatario en un mensaje publicado en su cuenta de Twitter.

El TSA dio a conocer esta tarde una sentencia en la que declaró nula la resolución 02-2021 de la JCE, luego de un recurso Contencioso Administrativo depositado por la Fuerza del Pueblo, donde pedía que la JCE se acogiera a la Ley 33/18, sobre partidos y agrupaciones políticas y lo declarara como organización mayoritaria.

“El TSA declara nula la resolución núm. 02-2021 de fecha 17 de febrero de 2021, dictada en virtud del “Reglamento” núm. 01-2021 de fecha 27 de enero de 2021, en consecuencia, ordena a la JCE interpretar lo dispuesto por el artículo 61 de la Ley núm. 33/18 de 15 de agosto, en forma congruente con el principio de favorabilidad previsto por el artículo 74.4 de la Constitución, conforme a los motivos expuestos en la sentencia”, establece el segundo artículo del fallo del tribunal.

Manuel Crespo, delegado político de Fuerza del Pueblo ante la JCE, explicó, que en ocasión a la celebración de las elecciones del pasado 5 de julio del 2020, la Fuerza del Pueblo, en su candidatura presidencial, obtuvo 233,538 votos, lo cual constituye el 5.69% de los electores.

Sin embargo, sostiene que con miras a la contribución económica estatal para los torneos electorales del 2024, la JCE “impuso en su resolución, ahora anulada, que el criterio para determinar esa repartición sea la sumatoria de todos los votos válidos en los demás niveles en esas elecciones del 5 de julio del 2020, interpretación que supone que la FP pase de un 5.69% a un 4.54%, es decir, una disminución de 1.15%, una interpretación contraria al principio de favorabilidad, por lo cual hoy el tribunal acoge la acción de Fuerza del Pueblo”.

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