¿Les tocaba cárcel común o militar a los acusados en el caso Coral?
Salta al debate caso militares enviados a una cárcel común, pero no existe consenso entre los abogados penalistas
El envío al Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo por la jueza Kenya Romero, de los militares y policías implicados en el entramado de corrupción develado a través de la Operación Coral, ha generado un debate inmediato en el ámbito jurídico.
Por lo conocido ya, no existe consenso entre los abogados penalistas sobre el lugar donde deben cumplir la prisión preventiva los militares y policías involucrados en este complejo caso. Unos plantean que deben ir a cárcel ordinaria, junto a los civiles, como dispuso la magistrada, y otros a recintos especiales creados para los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
Los abogados expertos en derecho penal, Bunel Ramírez, Carlos Salcedo y Marino Batista Ubrí plantean que tanto los militares como los policías deben cumplir prisión en cárceles comunes, porque la Constitución no les otorga ningún privilegio, sino que, en contrario, establece el derecho a la igualdad.
En cambio, Carlos Novas, Cándido Simón y Tirso Pérez, también juristas especialistas en materia penal, disienten de la decisión de la jueza de atención permanente del Distrito Nacional, pues consideran que les corresponde recintos especializados, como El Polvorín, de Villa Mella, en caso de los militares, y en Operaciones Especiales, de Manoguayabo, a los policías.
Las cárceles ordinarias Bunel Ramírez sostiene que el derecho a la igualdad que dispone la Constitución no segrega a militares ni a policías.
Precisó que en el caso Coral las imputaciones son por crímenes comunes contra el Estado, por lo que está de acuerdo con la resolución de la jueza.
Incluso, plantea que no deberían existir cárceles especiales para militares y policías.
Derecho de igualdad “No deben ser premiados, porque ese privilegio implica vulneración al derecho de igualdad”, dice.
En opinión de Marino Batista Ubrí, el rango no les da privilegios, por lo que cree los militares sometidos a procesos penales no tienen recintos específicos.
“El envío a determinado recinto es discrecional del juez de la oficina de servicio judicial de atención permanente, así como designar al juez control de la investigación”, acotó Batista Ubrí.
El abogado Carlos Salcedo argumentó que desde la aprobación del Código Procesal Penal, quedaron sin efecto los tribunales especiales para militares y policías.
“La ley no establece privilegios ni diferencias entre un civil y un militar o un policía que sea acusado de un delito ordinario de los previstos en el Código Penal y las leyes de esa naturaleza”, subrayó Salcedo.
Las cárceles especiales Carlos Novas plantea que el derecho a la igualdad no opera en este tipo de expedientes, debido a que a los militares y policías les corresponde cárceles especializadas, y no una normal.
Tampoco está de acuerdo con que se le haya impuesto la prisión preventiva a los implicados en la operación Coral, que consideró fue excesiva y la más gravosa. Expuso que se les podía fijar la prisión domiciliaria, el brazalete electrónico, o incluso, dejarlos sin coerción, porque son personas con suficiente arraigo.
Presunción de inocencia Por su parte, Tirso Pérez afirmó que con el envío a Najayo, a los militares y policías afectados por la decisión del tribunal les fue vulnerado el principio constitucional de presunción de inocencia.
En efecto, consideró la medida como “una aberración muy peligrosa”. Cree que no había razón para enviarlos a una cárcel ordinaria.
¿LEGAL O ILEGAL? Lo que dijo Simón De su lado, el abogado Cándido Simón dijo que la decisión del tribunal de enviar a los militares y policías a una cárcel oridinaria fue algo “innecesario e ilegal”, indicando que para los militares y policías hay cárceles especiales.
Asimismo, declaró que tampoco es cuestión de privilegios, sino de “seguridad y legalidad”.
Simón puntualizó que los centros del nuevo modelo están previstos para presos condenados, no para preventivos.
El jurista sostiene que al enviar reos preventivos se están desnaturalizando esos centros, a algo que, asegura, está prohibido por la ley 224 sobre régimen penitenciario.
El grupo, enviado a prisión preventiva por 18 meses, está acusado de robo de los dineros del erario a través de un entramado de carácter militar y policial.