Senado agrega numeral que exime pago del impuesto sucesoral a fondos de pensiones dejados a herederos
Alexis Victoria Yeb puntualiza que el pariente debe presentar una gran cantidad de documentos
El Senado aprobó este martes en dos lecturas consecutivas el proyecto de Ley que agrega un numeral al artículo 8 de la Ley número 2569, del 4 de diciembre de 1950, de impuestos sobre sucesiones y donaciones. La iniciativa, propuesta por el senador Alexis Victoria Yeb, fue declarada de urgencia y aprobada en dos lecturas consecutivas durante la sesión del Senado este martes. La modificación al artículo 8 de esta ley, agrega un numeral que exime del pago del impuesto sucesoral a “los fondos de pensiones dejados por una persona fallecida a sus herederos”. El proyecto establece que hubo un “estancamiento” en los últimos años en el país en lo que respecta a la tramitación de los fondos de pensiones dejados por una persona fallecida. En ese sentido, puntualiza que el pariente o persona allegada, debe presentar una gran cantidad de documentos y que debe pagar un impuesto de sucesión obligatorio “que resulta muy elevado para lo beneficiario o dependientes de los afiliado de personas fallecidas”, resultando la permanencia de esos fondos en las Administradoras de Fondos de Pensiones. Esta modificación se agrega a otros cuatro motivos de exención de este impuesto, que son “los legados hechos a los establecimientos públicos y a las instituciones de caridad, beneficencia o de utilidad pública reconocida por el Estado”, “los seguros del causante”, “el bien de la familia instituido por la ley No. 1024-28 de fecha 24 de octubre de 1928” y las “transmisiones cuyo importe líquido sea inferior al RD$500 y cuando se trate de parientes en línea directa de Cujus, cuyo líquido sea inferior a RD$1,000. El proyecto de ley pasa ahora a la Cámara de Diputados, que decidirá el futuro de esta iniciativa legislativa.