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Senado agrega numeral que exime pago del impuesto sucesoral a fondos de pensiones dejados a herederos

Alexis Victoria Yeb puntualiza que el pariente debe presentar una gran cantidad de documentos

Foto de la cuenta de Twitter del Senado.

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Paul MathiasenSanto Domingo, RD

El Senado aprobó este martes en dos lecturas consecutivas el proyecto de Ley que agrega un numeral al artículo 8 de la Ley número 2569, del 4 de diciembre de 1950, de impuestos sobre sucesiones y donaciones. La iniciativa, propuesta por el senador Alexis Victoria Yeb, fue declarada de urgencia y aprobada en dos lecturas consecutivas durante la sesión del Senado este martes. La modificación al artículo 8 de esta ley, agrega un numeral que exime del pago del impuesto sucesoral a “los fondos de pensiones dejados por una persona fallecida a sus herederos”. El proyecto establece que hubo un “estancamiento” en los últimos años en el país en lo que respecta a la tramitación de los fondos de pensiones dejados por una persona fallecida. En ese sentido, puntualiza que el pariente o persona allegada, debe presentar una gran cantidad de documentos y que debe pagar un impuesto de sucesión obligatorio “que resulta muy elevado para lo beneficiario o dependientes de los afiliado de personas fallecidas”, resultando la permanencia de esos fondos en las Administradoras de Fondos de Pensiones. Esta modificación se agrega a otros cuatro motivos de exención de este impuesto, que son “los legados hechos a los establecimientos públicos y a las instituciones de caridad, beneficencia o de utilidad pública reconocida por el Estado”, “los seguros del causante”, “el bien de la familia instituido por la ley No. 1024-28 de fecha 24 de octubre de 1928” y las “transmisiones cuyo importe líquido sea inferior al RD$500 y cuando se trate de parientes en línea directa de Cujus, cuyo líquido sea inferior a RD$1,000. El proyecto de ley pasa ahora a la Cámara de Diputados, que decidirá el futuro de esta iniciativa legislativa.