CMD interpone recurso contra resolución que dispone una sola prueba PCR por año a los afiliados a SFS
El Colegio Médico Dominicano (CMD) interpuso este lunes un recurso jerárquico de apelación ante el Consejo Nacional de la Seguridad Social en contra de la resolución de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) que limita a una sola prueba PCR por año a los afiliados para el diagnóstico del Covid-19, teniendo como requisito previo realizarse una de antígeno.
El presidente del CMD, Waldo Ariel Suero, dijo que mediante ese recurso están protegiendo un derecho de la población.
Deploró que esa medida se adopte cuando el contagio del coronavirus continúa en aumento en la República Dominicana, lo que para Suero significaría violarle los derechos fundamentales de la salud a las personas, contemplado en la Constitución, Ley General de Salud y la Ley de la Seguridad Social.
Sostuvo que la resolución 00237-21, que impugna el CMD, tiene por objeto realizar una sola prueba de PCR, lo que significa un grave perjuicio a la población dominicana, donde todos los ciudadanos han tenido derecho a varias pruebas cumpliendo con los protocolos de Salud Pública.
Cuestionó que primero haya que hacerse la prueba antigénica y pagarla con los recursos del paciente, lo que dijo significa una negación perniciosa a los servicios de salud, sobre todo a las personas de escasos recurso.
“Expresamos que las resoluciones y decisiones que emita la Sisalril pueden ser recurridas mediante un recurso jerárquico ante este Consejo Nacional de la Seguridad Social de conformidad o previsto en el artículo 22, literal Q de la ley 87-01 y los artículos 47 y 54 de la Ley 107-13 que regula los derechos y deberes de las personas en sus relaciones con la administración pública”.
El dirigente gremialista dejó claro que el reglamento del Consejo Nacional de la Seguridad Social establece que inmediatamente se eleve un recurso, la disposición de la Sisalril queda inactivada.
Esperan que el Consejo Nacional de la Seguridad Social declare la nulidad de la resolución 00237-21 de la Sisalril que limita al pueblo dominicano a realizarse una sola prueba de PCR.