Comisión del Senado ratifica devolver ternas de Defensor del Pueblo a los diputados
La decisión se debe a una inobservancia en la Ley
La comisión especial del Senado de la República apoderada para la elección del Defensor del Pueblo y sus miembros, ratificó su decisión de regresar a la Cámara de Diputados las ternas recibidas para escoger a los titulares de este organismo.
En su reunión de este lunes, la comisión presidida por el senador Ricardo de los Santos, mantuvo el argumento de que su decisión es en base a una “inobservancia al mandato del artículo 7 de la ley 367-09”, que modifica los Artículos 4 y 7 de la ley No. 19-01 del 1 de febrero de 2001, que crea la Defensoría del Pueblo.
“Nosotros revisamos nuevamente las ternas y determinamos que existe inobservancia al artículo que ya hemos señalamos. Vamos a preparar el informe legislativo para presentarlo en la próxima sesión del Senado, y que los diputados puedan hacer las correcciones de lugar”, dijo el representante de la provincia Sánchez Ramírez.
Además, el senador de Pedernales, Dionis Sánchez, explicó que también se produjo una inobservancia a la reserva de Ley en el artículo 191.
La Ley 367-09 en su artículo 7 dice que de igual forma se nombrarán, en adición al Defensor del Pueblo, dos adjuntos, los cuales tendrán prerrogativas y obligaciones idénticas a las del defensor del pueblo.
La Constitución de la República, en su artículo 83, numeral 3, establece que la Cámara de Diputados deberá “someter al Senado, las Ternas del Defensor del Pueblo, sus suplentes, que no podrán ser más de dos, y los adjuntos que no podrán ser más de cinco, con el voto favorable de las dos terceras partes de los presentes”.