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Tribunal constitucional ordena a la PN reintegrar a un raso cancelado en licencia médica

La Corte Constitucional estableció que la cancelación del raso en licencia médica fue arbitraria y le vulnera los derechos fundamentales a la salud y al trabajo

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Wanda MéndezSanto Domingo, RD

El Tribunal Constitucional ordenó a la Policía Nacional la reintegración de un raso que fue desvinculado mientras se encontraba de licencia médica por un accidente cuando se dirigía al servicio que tenía asignado.

El TC dispuso la reincorporación a la Policía del raso Manauris Berigûete Vicente, cargo que ostentaba cuando fue destituido el 22 de febrero del 2019.

Además le impuso el pago de una astreinte de 5,000 pesos por cada día de retardo en la ejecución de la decisión en contra de la Dirección General de la Policía Nacional y en favor del accionante.

La Corte Constitucional estableció que la cancelación del raso en licencia médica fue arbitraria y le vulnera los derechos fundamentales a la salud y al trabajo.

El TC ordenó que se le concedan todas las calidades, atributos y derechos adquiridos hasta ese momento, incluyendo el pago de todos los salarios dejados de percibir desde el momento de la destitución hasta que se produzca su reposición.

“El Tribunal Constitucional ha establecido enfáticamente que la vigencia de prácticas autoritarias es contradictoria a la existencia del Estado social y democrático de derecho, pues han de prevalecer los derechos fundamentales, a propósito del derecho del debido proceso, de aquellas personas que prestan servicios a la Administración Pública”, advirtió el Constitucional en la sentencia TC-0011-2021.

Amparo

El TC Acogió una acción de amparo interpuesta por Manauris Berigüete Vicente el 22 de abril del 2019, quien alegó que fue destituido por la supuesta comisión de faltas muy graves en el ejercicio de sus funciones estando de licencia médica, a causa de un trauma producido por un esguince de tobillo.

Revocó una sentencia de la primera sala del Tribunal Superior Administrativo que declaró inadmisible el amparo sometido por el agente.