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Los trece extraditados por Luis Abinader en su joven gobierno

El gobierno de Luis Abinader ha extraditado a trece personas en su joven administración. JORGE CRUZ/LD

El gobierno de Luis Abinader ha extraditado a trece personas en su joven administración. JORGE CRUZ/LD

El presidente Luis Abinader ha firmado la extradición de trece ciudadanos acusados de diversos delitos en España, Estados Unidos y Bélgica en los siete meses que lleva al frente de la administración pública.

El listado de dominicanos pedidos para ser juzgados lo integran Isidro Puntiel Soriano, José Antonio Polanco Paz (Tony), Alexander Reyes Johnny, Onéximo Méndez Félix, Anyerson de la Cruz Rosario (Angelo), Luis Manuel Genao Rivera (Genao), Luis Felipe Carmona, Francisco Javier Lora Brito, Moisés Polanco González (Tito Campeche) y Yamil Abreu Navarro.

Mientras que de los extraditados condenados, es decir, que se encontraban en el país evadiendo la justicia están Belga Didier Balcq, Ángel Cruz Cabrera y Manuel Batista.

A continuación, el detalle de los trece ciudadanos que hasta el momento han sido extraditados por el presidente de la República, Luis Abinader:

Belga Didier Balcq El 6 de marzo de 2017, el Reino de Bélgica solicitó al gobierno a través de la embajada concurrente a la República Dominicana en la Habana, Cuba, la entrega en extradición del ciudadano Belga Didier Dalcq.

Mediante el decreto 91-21 del 23 de febrero, el presidente Abinader dispuso la entrega en extradición a Bélgica de este ciudadano.

Didier Dalcq tendrá que cumplir la sentencia del 27 de febrero de 2012 que lo condenó a 8 años de prisión con detención inmediata.

El cargo que se le imputa es “haber participado en un extenso tráfico internacional de estupefacientes (cocaína), desde República Dominicana a Bélgica, con la circunstancia de que dicha infracción constituye un acto de participación en calidad de dirigente en la actividad”.

Didier Dalcq optó por el tramite simplificado de extradición al consentir voluntariamente ante los magistrados de la Segunda Sala, de la Suprema Corte, ser entregado a las autoridades del Gobierno del Reino de Bélgica para cumplir la condena impuesta.

Isidro Puntiel Soriano El 14 de febrero de 2020, el Reino de España solicitó a la embajada en la República Dominicana la entrega en extradición del ciudadano dominicano Isidro Puntiel Soriano.

Mediante el decreto número 91-21, del 23 de febrero, el presidente Abinader dispuso la entrega en extradición a España de este ciudadano.

El cargo que se le imputa a Puntiel Soriano es “la comisión de un delito contra la salud pública”, tipificado en los artículos 368, 369. 1.5 y 369 bis del Código Penal.

El inculpado puede ser castigado con una pena de prisión de nueve a doce años.

Puntiel Soriano optó por el tramite simplificado de extradición al consentir voluntariamente ante los magistrados de la Segunda Sala ser entregado a las autoridades del Gobierno del Reino de España para que sea juzgado por los cargos que se le imputan.

La asistencia internacional para la extradición de Puntiel Soriano fue solicitada por la Procuraduría General mediante el formal apoderamiento no. 01069, del 25 de febrero de 2020.

Onéximo Méndez Félix El 12 de noviembre de 2020, los Estados Unidos de América solicitó al gobierno la entrega en extradición del nacional dominicano Onéximo Méndez Félix.

Mediante el decreto 92-21 del 23 de febrero, el presidente Abinader condedió la entrega en extradición a EE.UU. de Méndez Félix.

El imputado acumula dos expedientes, conocidos como expedientes CP-36-0000566-2012 y CP-0005523-2011A, del 25 de febrero de 2012 y 5 de septiembre de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia de Pensilvania.

Con respecto al primer expediente, el cargo que se le imputa es de “agresión sexual”.

Mientras que con relación al segundo expediente, acumula más de 10 cargos, entre ellos violación de un niño, relaciones sexuales desviadas involuntarias con un niño, violación sexual estatutaria, agresión indecente agravada de un niño, agresión indecente de una persona menor de 13 años de edad, relaciones sexuales desviadas involuntarias con una persona menor de 16 años, agresión indecente, agresión sexual, contacto ilegal con un menor, corrupción de un menor, intimidación de un testigo o víctima y exposición indecente.

Alexander Reyes Johnny El 6 de marzo de 2019, los Estados Unidos de América solicitó al gobierno la entrega en extradición del nacional dominicano Alexander Reyes Johnny.

Con el decreto 67-21, del 11 de febrero, el presidente Abinader dispuso la entrega en extradición a EE.UU. de Alexander Reyes.

A Reyes Johnny se le imputan dos cargos. El primero de ellos, “asociación delictuosa con la intención de distribuir cinco kilos o más de una sustancia controlada (cocaína), en violación del Título 21 del Código de los EE.UU.

El segundo cargo es “la posesión con la intención de distribuir cocaína, y ayudar e instigar ese delito”, en violación del mismo título.

La entrega en extradición, como los anteriores, se dispuso bajo la condición de que bajo ninguna circunstancia, se le juzgue por una infracción diferente a las que motivan su extradición ni se le aplique pena mayor a la máxima establecida en el país, que es de 30 años, en caso de que se comprobase su culpabilidad.

José Antonio Polanco Paz (Tony) El 25 de agosto de 2020, el Reino de España solicitó a la embajada en la República Dominicana la entrega en extradición del ciudadano dominicano José Antonio Polanco Paz (Tony).

Mediante el decreto 3-21 del 12 de enero de 2021, el presidente Abinader, dispuso la entrega en extradición a España del ciudadano.

El cargo que se le imputa a Polanco Paz es “la autoría de un delito contra la salud pública con pertenencia a organización delictiva”, de los artículos 368, 369. 1.5 y 369 bis del Código Penal, en su modalidad de sustancia que causan grave daño a la salud, tratándose de jefes o encargados de la organización.

La pena de prisión en caso de que se demostrase su culpabilidad es de catorce años, con inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, y una multa de 800,000 euros.

El tratado de extradición en materia penal entre la Republica Dominicana y el Reino de España señala que “las partes convienen en entregar a la justicia aquellos individuos contra los cuales se haya iniciado un procedimiento penal o sean requeridos para la ejecución de una pena privativa de libertad impuesta judicialmente como consecuencia de un hecho punible cometido en su territorio o sobre el que el Estado requirente tenga jurisdicción”.

Anyerson de la Cruz Rosario (Angelo)

Mediante el decreto 710-20, del 23 de diciembre de 2020, que modificó decreto 271-19 realizado por el expresidente Danilo Medina, el presidente Abinader dispuso la entrega en extradición a los EE.UU. del ciudadano dominicano Anyerson Dela Cruz Rosario, Anyerson de La Cruz, Heriberto Torres o sólo Angelo.

Los cargos que se le imputan en el acta de acusación conocida como 0680N-16, de la Suprema Corte del Estado de Nueva York, son los siguientes:

Confabulación en segundo grado (heroína), operar como un gran traficante (heroína), posesión criminal de una sustancia controlada en primer grado (heroína), posesión criminal de una sustancia controlada en tercer grado (heroína), posesión criminal de una sustancia controlada en primer grado (fentanyl), posesión criminal de una sustancia controlada en tercer grado (fentanyl).

Luis Manuel Genao Rivera (Genao) El 5 de junio de 2019, los Estados Unidos de América, mediante la nota diplomática No. 588 de su embajada en la República Dominicana, solicitó al gobierno la entrega en extradición del nacional dominicano J. D. Luis, alias Luis Manuel Genao Rivera (Genao).

Mediante el decreto 711-20, del 23 de diciembre de 2020, el presidente Abinader dispuso la entrega en extradición a Estados Unidos de “Genao”.

Los cargos por los que deberá responder son los siguientes: asociación delictuosa en segundo grado, es decir, asociación delictuosa para cometer el delito de posesión criminal de una sustancia controlada (heroína) en primer grado, en violación de la Ley Penal de Nueva York, sección 105.15.

Operar como traficante a gran escala, posesión criminal de una sustancia controlada en primer grado, específicamente heroína y fentanilo, con un peso global de ocho onzas o más.

Otro de los cargos es la posesión criminal de una sustancia controlada en tercer grado, específicamente heroína y fentanilo, con la intención de venderla, y utilización criminal de parafernalia de droga en segundo grado.

Por último, se le imputa utilización criminal de parafernalia de droga en segundo grado.

La entrega en extradición se dispuso bajo la condición de que al ciudadano Genao Rivera bajo ninguna circunstancia se le juzgue por una infracción diferente a las que motivan su extradición, ni se le aplique una pena mayor a la máxima establecida en el país, que es de 30 años.

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia fue apoderada de la solicitud de extradición de Genao Rivera, por instancia No. 03523 del 12 de junio de 2019, del Procurador General de la República, conforme a uno de los considerandos.

Luis Felipe Carmona

Mediante el decreto 712-20, del 23 de diciembre de 2020, el presidente Abinader ordenó la entrega en extradición a EE.UU. del imputado.

Luis Felipe era un reconocido empresario de San Francisco de Macorís. Su arresto se produjo en un restaurante de su propiedad.

Se le imputan tres delitos que tienen pena máxima de 30 años, según el Código Penal.

El primero de ellos corresponde a un “asesinato en segundo grado”, el segundo es por “la posesión criminal de un arma en segundo grado (posesión ilegal con conocimiento de un arma cargada, es decir, una pistola, con la intención de usarla ilegalmente contra otra persona), y el tercero, “ la posesión criminal de un arma en tercer grado (posesión ilegal con conocimiento de un arma de fuego cargada, es decir, una pistola, dicha posesión no está en el hogar o lugar de negocios del acusado)”.

Francisco Javier Lora Brito Los Estados Unidos de América solicitó al Gobierno dominicano la entrega en extradición del nacional dominicano Francisco Lora, alias Francisco Javier Lora Brito o Jonathan, a través de las notas diplomáticas No. 92 del 12 de febrero de 2018 y No. 393 del 6 de agosto de 2020, respectivamente.

Mediante el decreto 632-20, Abinader dispuso la entrega en extradición de Lora.

El imputado deberá responder por los cargos de “asociación ilícita para distribuir y poseer con la intención de distribuir 100 gramoso más de mezclas o sustancias, conteniendo una cantidad detectable de heroína” y la “distribución y posesión con la intención de distribuir 100 gramos o más de mezclas o sustancias conteniendo una cantidad detectable de heroína, e instigar y ser cómplice de dicho delito”.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia fue apoderada de la solicitud de extradición de Lora, por instancia de fecha 14 de septiembre de 2020, de la Procuradora General de la República, según uno de los considerandos.

Moisés Polanco González (Tito Campeche) El 29 de marzo de 2018, los Estados Unidos de América solicitó al gobierno dominicano la entrega en extradición del nacional dominicano Moisés Polanco González, alias Campeche o Tito Campeche.

Mediante el decreto 604-20, Abinader dispuso la entrega en extradición a EE.UU. de “Tito”.

El cargo que se le imputa corresponde a “conspiración para distribuir y poseer un kilogramo o más de mezcla y sustancia que contenían una cantidad detectable de heroína”.

“Dicha entrega en extradición se dispone bajo la condición de que al dominicano Campeche, bajo ninguna circunstancia se le juzgue por una infracción diferente a la que motiva su extradición, ni se le aplicará una pena mayor a la máxima establecida en el país que es de 30 años, ni la pena de muerte, en el caso de que se comprobare su culpabilidad respecto de la infracción por la cual se dispone su extradición y deberá ser juzgado”, según uno de los considerandos.

<img alt="" src="https://images2.listindiario.com/imagen/2021/03/29/663/663365/680x460/202103290154193/los-trece-extraditados-por-luis-abinader-en-su-joven-gobierno.jpeg" style="float:left; margin:5px; width:250px" />Ángel Cruz Cabrera

El dominicano fue requerido para terminar de cumplir las sentencias impuestas por el Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan, Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Lo condenaron por los siguientes casos: “Asesinato en segundo grado, tentativa de asesinato, posesión de arma de fuego sin licencia, posesión de dos o más armas de fuego sin licencia, llevar un arma de fuego cargada sin licencia y robo”.

El 28 de junio de 2011, Cruz Cabrera, escapó de prisión en Bayamón, Puerto Rico, cuando le faltaban 15 años, tres meses y 20 días para el cumplimiento total de la sentencia impuesta el 12 de febrero de 1996.

Manuel Batista El 7 de diciembre de 2019, los Estados Unidos de América solicitó al gobierno la entrega en extradición del nacional dominicano Manuel Batista.

Mediante el decreto número 462-20, Abinader dispuso la entrega en extradición del ciudadano estadounidense, el 16 de septiembre de 2020.

Batista debe cumplir la sentencia dictada por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de Rhode Island de fecha 2 de junio de 2009, en la que se le condena a 144 meses de prisión, sentencia pronunciada en virtud del cargo que se le imputa registrado el 31 de diciembre de 2008.

El cargo por el que debe responder es la “posesión con la intención de distribuir 500 gramos o más de una mezcla o sustancia conteniendo una cantidad detectable de cocaína”.

El estadounidense optó por el trámite simplificado de extradición al consentir voluntariamente ante los magistrados de la Segunda Sala ser entregado a las autoridades del Gobierno de los EE.UU. para cumplir la pena a la que fue condenado.

La asistencia internacional para la extradición del Batista fue solicitada el 7 de diciembre de 2017.

Yamil Abreu Navarro

Abreu Navarro fue exdirector de la Junta Municipal de Las Lagunas en la provincia Azua y exdirigente del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Deberá responder a tres cargos que pesan en su contra: El primero de los cargos es la “asociación delictuosa internacional para distribuir un kilogramo o más de una sustancia que contiene heroína”, a sabiendas de que dicha sustancia se importaría ilegalmente a los EE.UU.

Además, por “la distribución internacional de un kilogramo o más de una sustancia que contiene heroína”, sabiendo que dicha sustancia se importaría ilegalmente al referido país.

El tercer y último cargo, por “posesión de heroína, con la intención de distribuir un kilogramo o más de la sustancia”.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia fue apoderada de la solicitud de extradición de Abreu Navarro, por instancia del 26 de mayo de 2020, del Procurador General de la República.

ÁNGEL CRUZ CABRERA

ANYERSON DE LA CRUZ ROSARIO (ANGELO)

LUIS FELIPE CARMONA (EXTERNA)

YAMIL ABREU