Autoridades hicieron intentos por dotar de chalecos a todos los motoristas
La Ley 63-17 y la resolución 02 16 plantearon la identificación de los motoristas y fallaron.
El presidente Luis Abinader anunció, como parte de su nuevo plan de seguridad ciudadana para bajar los índices de criminalidad del país, que a partir del primero de junio de este año todos los motoristas serán identificados con chalecos con un número individual.
El objetivo es “reducir” las actividades delictivas que se cometen desde esos vehículos.
“Con ello pretendemos reducir el número de quienes usan los motores sin licencia, y de las actividades delictivas que en muchos casos van asociadas a su uso”, fue la frase utilizada por el mandatario sobre una de las medidas principales de la primera fase de ese plan divulgado el pasado lunes.
Sin embargo, a pesar de que la medida fue vista como novedosa, ya durante los gobiernos de Danilo Medina se habían realizado varios intentos con ese propósito e incluso llegaron a quedar plasmados en resoluciones y leyes que aún quedan vigentes.
Resolución 02-16 La primera vez que se plasmó esa figura fue mediante la resolución 02-16 de la entonces Dirección General de Transporte Terrestre, que establecía la prohibición de que los conductores de motocicletas transiten con otra persona en la parte trasera, al menos que sea dedicado al transporte de pasajeros.
Mediante esa disposición, el organismo hizo una clasificación de las motocicletas existentes en el país y las divide en tres grupos: las dedicadas al transporte de pasajeros (motoconcho), las dedicadas a mensajería en empresas públicas y privadas y las utilizadas por su propietario como medio de transporte individual. La medida dispone que tanto el conductor como la persona que vaya en la parte trasera de la motocicleta deben llevar casco protector.
Ese mismo artículo señala que se encaminarían esfuerzos con otras instituciones a los fines de implementar en el futuro cercano un sistema que permita dotar a los motociclistas de un chaleco refractivo, debidamente numerado, que permita la fácil identificación de estos conductores por parte de las autoridades.
Otra prohibición La medida prohíbe “terminantemente” a los conductores de motocicletas dedicadas a mensajería, llevar en la parte trasera a otra persona, sea de modo gratuito o por pago de dinero.
“Aquellos que utilizan sus motocicletas para su transporte individual también tienen la misma prohibición, con la facilidad de que si quieren transportar otra persona deben solicitar un permiso a la DGTT”, decía la resolución. Ley 63-17
SEPA MÁS Otro intento no pudo aplicarse Resolución 02-16. La primera vez que se plasmó esa figura fue mediante resolución 02-16 de la entonces Dirección General de Transporte Terrestre que prohibió a motocicletas transitar con persona en parte trasera y esfuerzos para dotar chalechos..
Fracaso. El fracaso de esas medidas fue porque ni los agentes de la Digesett ni ninguna otra autoridad competente le dieron seguimiento y nunca fueron cumplidas. Esa parte es clave para que lo dispuesto por el presidente Abinader sea cumplido.