Caso Odebrecht

Tribunal rechaza ordenar peritaje a informes financieros de empresas de Díaz Rúa

El tribunal sostiene que a todas las defensas les fueron notificadas oportunamente

Foto de archivo.

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Ramón Cruz BenzánSanto Domingo, RD

El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó un pedimento presentado por la defensa del imputado Víctor Díaz Rúa, con el cual buscaba la realización de un peritaje de los informes financieros realizados a sus empresas.

El tribunal, presidido por Gisell Méndez, tomó la decisión por entender que al tribunal lo que se le está planteando es una serie de diligencias dirigidas procesal dirigida a recabar elementos de pruebas en la etapa del juicio de fondo, lo que a su entender resulta extemporáneo.

El tribunal integrado además por Tania Yunes y Gisel Naranjo, alegó que este tipo de actuaciones como la solicitada por Díaz Rúa se desarrollan durante la etapa preliminar.

Sostiene el tribunal que esto se produce tan pronto se notifica la acusación y las partes envueltas en el proceso toman conocimiento de todos los documentos y de las piezas adjuntas a esos documentos y realizan las diligencias que entienda pertinente.

Acotó que, en esa etapa, las partes también podrían solicitar la reposición de plazo, tras señalar que en la glosa procesal se registra una reposición de plazo durante la audiencia preliminar de cara al ejercicio de las prerrogativas que les reconoce las normas a las defensas técnicas.

Siendo así, el tribunal entiende procedente rechazar la solicitud de la defensa técnica de Díaz Rúa y ordenar la continuación del juicio con la audición del testigo número 11 a cargo del Ministerio Público.

“Al juicio no se viene con sorpresa, al juicio todas las partes comparecen, con pleno conocimiento de lo que en el juicio se va a debatir de las pruebas que han sido ofrecidas, de las pruebas que han sido admitidas, la pretensión probatoria, y por tanto este es el escenario del desahogo de las pruebas ya que todas las partes conocen”, adujo la presidente del tribunal.

Los abogados Miguel Valerio y Ramón Núñez habían solicitado al tribunal que se le permitiera la realización de un peritaje y que para tales fines se ordenara a la superintendencia de Bancos que provea información respeto de la titularidad de cuentas, firmas correspondientes, montos manejados por esas cuentas, crédito y pasivo de las cuentas.

El tribunal sostiene que a todas las defensas les fueron notificadas oportunamente en ocasión de la presentación de la acusación por la secretaría de la jurisdicción de instrucción, para la jurisdicción privilegiada tal y como consta en los registros del tribunal donde se conoce el fondo del proceso.

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