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Procuraduría dispone escala de multas por toque de queda

Las multas van desde RD$1,000 para peatones, $5,000 para conductores de vehículos hasta RD$100,000 para espacios de diversión.

Los bares, restaurantes y otros espacios de diversión o fiestas privadas pagarían multas de RD$100,000 o más.

Los bares, restaurantes y otros espacios de diversión o fiestas privadas pagarían multas de RD$100,000 o más.

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Adriana PegueroSanto Domingo, RD

Los violadores del to­que de queda enfrenta­rán desde ahora el pago de multas que van desde RD$1,000 hasta más de RD$100,000, de acuer­do a una escala estable­cida ayer por la Procu­raduría General de la República, la cual es­tá avalada por la Ley de Salud 42-01.

Las multas dependerán del tipo de violación que cometa una persona en particular o el dueño de un establecimiento comercial que permita una aglome­ración de personas mayor a la que se dispuso.

Ahora los peatones que violen el toque de que­da pagarán una multa de RD$1,000; los motociclistas RD$2,000; el conductor de un vehículo RD$5,000 y la persona que sea sor­prendida en un centro o es­pacio de diversión pagará RD$2,000.

En tanto que los bares, restaurantes o cualquier otro espacio de diversión, así como una fiesta privada que viole las medidas, serán sancionados con una multa de RD$100,000.

El propietario o respon­sable de un autobús que transporte personas y vio­la la medida, será sanciona­do con RD$50,000; el con­ductor de un vehículo de carga con RD$30,000 y el dueño de una gallera con RD$100,000.

La instrucción general firmada por la procurado­ra general Miriam Germán Brito, indica que cuando el cúmulo de faltas exceda los RD$100,000, en ningún caso el monto no precisado podrá ser inferior a esa cantidad. La disposición no especifica el mon­to que debe pagar una persona por transitar sin mascarilla, pero precisa que violar esa disposición conllevaría al pago de una multa.

En el instructivo la procuradora Germán Bri­to enfatiza que los agen­tes de la Policía a nivel nacional presenten por ante el ministerio públi­co, sin demoras y sin fal­ta, a las personas arres­tadas por violación del toque de queda y de las medidas restrictivas a las aglomeraciones de más de diez personas en espa­cios públicos y privados de uso común, impues­tos en el decreto 7-21 del 8 de este mes o cualquier otra disposición emitida por el Ejecutivo.

SEPA MÁS El instructivo general Disposición. Está dirigida a procura­dores fiscales y de cor­tes, con copia a directora general de Persecuciíon del ministerio público.

Verificación. Para el registro y verifi­cación de multas se utili­zará plataforma tecnoló­gica de la Procuraduría.

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