Una hora más de movilidad en horario del toque de queda
El Decreto 7-21, emitido ayer por el presidente Luis Abinader, dispone que los restaurantes podrán volver a recibir clientes en sus instalaciones, pero solo a la mitad de su capacidad y no más de 6 personas por mesa.
Desde el próximo lunes hasta el 26 de este mes, el toque de queda regirá en todo el país desde las 5:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana, de lunes a viernes (feriados o no), permitiendo el libre tránsito hasta las 8:00 de la noche, como parte de las medidas destinadas a reducir el riesgo de contagio por coronavirus.
Así lo establece el Decreto 7-21, emitido ayer por el presidente Luis Abinader, que confirma que los sábados y domingos el toque de queda se inicia al mediodía, con libre circulación hasta las 3:00 de la tarde.
La disposición presidencial también establece que los restaurantes podrán aceptar clientes en sus instalaciones hasta el 50% de su capacidad y la vuelta a la modalidad del teletrabajo en el sector público.
El artículo 3 del decreto establece que los sábados 16 y 23, así como los domingos 17 y 24 de enero de 2021, el toque de queda será desde la 12:00 del día hasta las 5:00 de la mañana, con tres horas de libre tránsito, hasta las 3:00 de la tarde.
El Poder Ejecutivo instruyó además a la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET), que rige los servicios del Metro y del Teleférico, y la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), a ofrecer su servicio a la ciudadanía dentro del horario de circulación definido en el decreto.
Vuelve el teletrabajo El artículo 13 de ese decreto señala que la jornada laboral en el sector público será hasta las 3 p.m., y que se enviará a continuar sus labores desde el hogar al 40% de la plantilla de empleados públicos no esenciales para la actividad del Estado.
Los restaurantes al 50% La nueva disposición gubernamental establece que los restaurantes podrán recibir clientes hasta un 50% de su capacidad instalada, en estricto cumplimiento de los protocolos de distanciamiento vigentes, sin que excedan de seis personas por mesa.
Los parques y malecones De igual forma, la disposición gubernamental establece que los espacios públicos abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, sólo podrán ser utilizados para prácticas deportivas que no impliquen grupos, equipos o aglomeración de personas de ninguna naturaleza.
En estas áreas queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas.
Iglesias y gimnasios El decreto 7-21 establece que las actividades de las diferentes iglesias o denominaciones religiosas se mantendrán en los términos previstos en el Decreto 2-21, de fecha 5 de enero de 2021, es decir, las mismas podrán ofrecer servicios tres veces a la semana, siempre y cuando cumplan con el protocolo contra el Covid-19.
Mientras, continúan clausurados los gimnasios, en espacios públicos o privados, cines, teatros y cualquier otra instalación de eventos públicos y masivos, que no resulte indispensable para el desenvolvimiento de la ciudadanía.
Durante el horario del toque de queda pueden transitar personas dedicadas a los servicios de salud, tales como médicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y personal farmacéutico.
También personas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmacia, y aquellas dedicadas a labores de seguridad privada debidamente identificadas.
Además, miembros de la prensa y demás medios de comunicación debidamente acreditados.
CIFRAS Pueden transitar. Pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales, así como empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados, en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos. Operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos, entre otros.
Sigue emergencia. Ayer, con el Decreto 6-21, fue prorrogado por 45 días, a partir del 16 de enero, el estado de emergencia para combatir el coronavirus Covid-19.