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Odebrecht dice excolaboradores están en disposición de testificar ante tribunales dominicanos

Dos excolaboradores fueron citados como testigos por el Ministerio Público.

Odebrecht, foto de archivo. / Listín

Odebrecht, foto de archivo. / Listín

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Redacción DigitalSanto Domingo, RD

La constructora brasileña Odebrecht S.A. aseguró que no hay motivo para rescindir el acuerdo firmado y que sus exejecutivos y colaboradores han estado dispuestos a testificar en el proceso legal que lleva en la República Dominicana.

A través de un comunicado, y en aparente respuesta al titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, la compañía afirmó que tras la firma del acuerdo en el año 2017 con el entonces procurador general, Jean Alain Rodríguez, entregaron toda evidencia “para la verificación, de los hechos admitidos por sus exejecutivos/colaboradores vinculados a las operaciones de Odebrecht S.A., en la República Dominicana”.

La constructora brasileña indicó en el comunicado publicado en la versión impresa de este lunes del Listín Diario, que tanto Mauricio Dantas Bezerra, exdirector jurídico de la compañía, como Rodrigo Maluf Cardoso, están en “disposición” de testificar ante la Justicia.

No obstante, Odebrecht argumentó que no ha resultado posible la presencia física de ambos en los tribunales, debido a las complicaciones y limitaciones asociadas a la pandemia del COVID-19.

“En el caso de Dantas Bezerra, propuesto por el Ministerio Público como testigo en el proceso penal antes comentado… Estuvo en República Dominicana y compareció a la audiencia fijada por el Primer Tribunal Colegiado para el 3 de diciembre del 2020. Dicha audiencia fue suspendida, puesto que un abogado defensor del imputado Víctor Díaz Rúa dio positivo al COVID-19”, establece el comunicado.

Posteriormente, para la siguiente audiencia fijada el 21 de diciembre, el comunicado señala que el testigo hizo la solicitud de testificar de manera virtual, pero fue negada por el tribunal, por lo que presentó una excusa formal “puesto que, para ese día, tenía agendado compromisos profesionales y familiares indelegable, más las dificultades para obtener vuelos por los riesgos asociados a la pandemia del COVID-19”.

Un argumento similar presentó en el caso de Maluf Cardoso, quien también fue citado a comparecer presencialmente para el pasado 21 de diciembre, pero “se hacía materialmente imposible” por los riesgos asociados a la pandemia del COVID-19.

“Por lo que llevamos dicho, no se advierte motivo o causal alguna para ponderar la posibilidad por parte del Ministerio Público de rescindir un acuerdo que como el existente ha dado frutos altamente beneficiosos para la implementación de la política criminal anticorrupción de la República Dominicana” establece Odebrecht en el comunicado de prensa.

Recientemente el titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, dijo que evalúan dejar sin efecto el acuerdo de lenidad suscrito con Odebrecht.

Camacho argumentó que la decisión de anular el acuerdo es debido a la ausencia de dos ejecutivos en el juicio que se conoce a 6 implicados de los sobornos que admitió pagar la constructora brasileña en la República Dominicana, que fueron presentados como testigos por el Ministerio Público, lo cual ha sido motivo de suspensión de varias audiencia.

Comunicado íntegro

Odebrecht COMUNICADO

A la Opinión Pública Nacional

Como es por todos conocido, en marzo del 2017 Odebrecht, S. A., celebró un acuerdo de colaboración eficaz con el Ministerio Público de República Dominicana, el cual cuenta con la definitiva homologación en todas las instancias jurisdiccionales del sistema de justicia. En esencia, el acuerdo integra tres pilares fundamentales: (i) la colaboración eficaz con con el Ministerio Público para las investigaciones relacionadas; (ii) el deber de reparar al Estado; y (iii) implantación de un sistema de conformidad. Por otro orden, por parte del estado lo fundamental es no objetar la rehabilitación de la empresa y sus coligadas para que vuelvan a ejercer sus actividades en el país cumpliendo con su función económica y social.

Efectivamente y como responsabilidad asumida por Odebrecht, S. A., ante los hechos declarados y admitidos por sus exejecutivos/colaboradores, bajo el Acuerdo, Odebrecht, S.A. Hizo entrega la Procuraduría General de la República, de toda prueba, evidencia, acuerdo, información, documento, data, reporte, declaración, testimonio, delaciones premiadas y otros documentos para la verificación de los hechos admitidos por sus exejecutivos/colaboradores vinculados a las operaciones de Odebrecht, S.A., en la Republica Dominicana. Lo entregado es parte del fundamento probatorio de la acusación del Ministerio Publico, contra los imputados en el denominado "Caso Odebrecht”, que luego de obtener Auto de Apertura a Juicio No. 005-2019, del 21 de junio del 2019, rendido por el Juzgado de Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, se encuentra en la fase de juicio de fondo, por ante el Honorable Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional. Evidencia más que suficiente de cumplimiento del primer pilar fundamental del Acuerdo.

Por su lado, es oportuno reiterar, que, al día de hoy Odebrecht, S. A., ha resarcido al Estado con el pago de US$60,000,000.00 millones de dólares y la suma restante, bajo el Acuerdo, se encuentra reconocida como una deuda pendiente de pago en el proceso de reestructuración financiera judicial que cursa la empresa en Brasil, con la finalidad de poder afrontar todas las obligaciones frente a nuestros acreedores. Evidencia más que suficiente de cumplimiento del segundo pilar fundamental del Acuerdo.

En lo que se refiere a nuestro sistema de conformidad integralmente implementado, destacamos que el monitoreo independiente, ejercido por los monitores del Departamento de Justicia de Estados Unidos en las operaciones de Odebrecht, S.A. y todas sus coligadas en los últimos 4 años, fue concluido con éxito y satisfactoriamente. Los monitores independientes del Departamento de Justicia de Estados Unidos certificaron que los sistemas de conformidad del grupo empresarial están diseñados e implementados para prevenir y detectar potenciales violaciones a las leyes anticorrupción. De todo lo que, con informes semestrales, estaba en conocimiento del Ministerio Público de Republica Dominicana. Evidencia más que suficiente de cumplimiento del tercer pilar del Acuerdo.

Como demuestran las evidencias, Odebrecht S. A., ha cumplido en tiempo, contenido, y metodología con sus obligaciones bajo el acuerdo con el Ministerio Público de República Dominicana, cuya conducta de cumplimiento reitera formal y expresamente.

En cuanto a Mauricio Dantas Bezerra, domiciliado y residente en Brasil, exdirector jurídico de Odebrecht S. A., propuesto por el Ministerio Público como testigo en el proceso penal antes comentado, incluido por estar en calidad exclusiva de representante legal de Odebrecht S. A. al momento de la firma de dicho acuerdo de colaboración eficaz. Estuvo en República Dominicana y compareció a la audiencia fijada por el Primer Tribunal Colegiado para el 3 de diciembre del 2020, de manera voluntaria y con el objetivo de confirmar las declaraciones y compromisos asumidos por Odebrecht S.A., en el referido Acuerdo. Dicha audiencia fue suspendida, puesto que un abogado defensor del imputado Víctor Díaz Rúa, dio positivo al COVID-19. Producto de la pandemia por dicha enfermedad que afecta dramáticamente al mundo y de manera muy especial a Brasil, para la siguiente audiencia se estableció con el Ministerio Público de Republica Dominicana que haría virtualmente su deposición ante el tribunal, para lo cual estuvo siempre disponible y no pudo tener lugar por una decisión soberana del tribunal, el cual no acogió la solicitud que el Ministerio Publico hizo al efecto. No obstante lo anterior, para la audiencia celebrada el 21 de diciembre de 2020, presento por ante el tribunal una excusa formal, puesto que, para ese día tenía agendado compromisos profesionales y familiares indelegables, más las dificultades para obtener vuelos por los riesgos asociados a la pandemia del COVID-19, reiterando nueva vez para esa ocasión su disposición de testificar virtualmente desde la sede de la embajada de la Republica Dominicana en Brasil. Lo que pone en evidencia la seriedad con la cual dicho testigo asume y ha asumido el cumplimiento de su obligación, la que pretende cumplir rigurosamente y sin escatimar esfuerzos. De tal modo, que no se trata de un testigo reticente, sino de un ciudadano disponible para cumplir ejemplarmente con la ley.

Lo propio ocurre con el Dr. Rodrigo Maluf Cardoso, brasileño, residente en Brasil, propuesto como testigo por el Ministerio Público y presente virtualmente en todas las audiencias para efectuar su testimonio por esa vía, citado a comparecer presencialmente a dicho tribunal para la audiencia del 21 de diciembre de 2020, mediante Acto no. 1351/2020, de fecha 17 de diciembre del año 2020, instrumentado por el Ministerial Ernesto Ortiz Reynoso, se hacía materialmente imposible, por los riesgos asociados a la pandemia de COVID-19. Sin embargo, se reitera a disposición de la justicia dominicana y en el compromiso de dar cumplimiento a su obligación de testificar en juicio.

Por lo que llevamos dicho, no se advierte motivo o causal alguna para pondera la posibilidad por parte del Ministerio Público, de rescindir un Acuerdo que como el existente ha dado frutos altamente beneficiosos para la implementación de la política criminal anticorrupción de la República Dominicana. En Odebrecht, S.A. existe la determinación inequívoca de continuar cumpliendo sus obligaciones bajo el Acuerdo. La inasistencia presencial justificada de esos dos testigos a la última audiencia no debe asociarse bajo ningún concepto a un abandono de responsabilidades, sino, a causas que para el momento escaparon al control de ellos. Mas, deseamos dejar claro que cumplirán con la obligación de prestar sus testimonies en el tribunal.

Finalmente, continuamos confiados en lo que debe ser la forma de actuar de las autoridades del Ministerio Público, en cumplimiento a la norma constitucional que establece que en la Republica Dominicana existe un Estado social y democrático de derecho, donde la seguridad jurídica, los derechos adquiridos, el debido proceso y la garantía de protección a derechos fundamentales son normas que deberán aplicarse a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.

Gerencia de Comunicación Odebrecht, S. A.- En recuperación Judicial