Santo Domingo 21°C/21°C clear sky

Suscribete

PLD le recuerda al PRM que había dicho que la segunda mayoría la otorgaba el pueblo

dice el partido oficialista violó sus propios preceptos con decisión sobre segunda mayoría en CNM

El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) aseguró que el partido oficialista ha violado sus propios preceptos al seleccionar al Partido Fuerza del Pueblo como segunda mayoría para ocupar un puesto en el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Al explicar lo que a su juicio es una violación a la Constitución, José Dantés, secretario de asuntos jurídicos del PLD, recordó que en el año 2016, el presidente del Partido Revolucionario Moderno, José Ignacio Paliza dijo que la segunda mayoría la daba el pueblo con su voto.

“O sea, el Senado mismo violó lo que dijo su presidente hace cuatro años, y José Paliza, hoy presidente del PRM, en el 2016 dijo que la segunda mayoría la daba el pueblo con su voto, que no se decidía en un cuarto frío ni en una comisión, y hoy cambia su discurso”, dijo Dantés al hablar vía telefónica para Listín Diario.

Sostuvo que en ese mismo año se rindió un informe donde se determinó que la segunda mayoría la constituía el partido que quedó en el segundo lugar, en términos de cantidad de votos.

Indicó que el PLD había solicitado al Tribunal Constitucional el desistimiento de una acción directa de inconstitucionalidad en contra del artículo dos en sus numerales 4 y 5 de la Ley 138-11, del CNM, con el objetivo de permitir que el Senado, en su condición de órgano de representación mayoritaria, tuviera la oportunidad de cumplir con la Constitución, seleccionando un senador que perteneciera a un bloque de partido distinto al del presidente del hemiciclo y que ostentará la segunda mayoría.

En ese sentido, dijo que en vista de que se ha hecho todo lo contrario y se ha violado la Constitución su organización hará uso oportunamente de todas las vías jurídicas para hacer valer sus derechos sobre el particular, al asegurar que Fuerza del Pueblo no cumple con los dos requisitos básicos para esos fines establecidos en el artículo 178 de la Constitución de la República.

Citó entre esos dos requisitos, que senador sea de un bloque de partido distinto al del presidente del senado, y que represente la segunda mayoría política.

“Entonces ningún senador de la Fuerza del Pueblo cumple con los dos requisitos, porque la Fuerza del Pueblo fue en un bloque aliado al partido del presidente del Senado. O sea, cuál fue el candidato de la Fuerza del Pueblo en Santiago, el actual presidente del Senado, por vía de consecuencias no son un bloque de partidos, y por otro lado, la representación de esa segunda mayoría recae sobre el segundo partido que más senadores sacara en las elecciones, ¿cuántos senadores sacó la Fuerza del Pueblo elegido en su boleta?, uno, los otros fueron electos en boletas de otros partidos o son tránsfugas?, indicó el representante del PLD.