Justicia

Sigue firme lectura de acusación a seis por caso Odebrecht

Figuran enriquecimiento ilícito, soborno, lavado de activos y falsedad en declaraciones juradas

El juicio a los imputados continuará hoy, martes, a las 9:00 de la mañana.

Wanda MéndezSanto Domingo, RD

El ministerio público avan­zó ayer con la lectura de la acusación a los 6 acusa­dos de recibir sobornos de la constructora Norberto Odebrecht, que conoce el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.

Fiscales leyeron los car­gos que se les son impu­tados al empresario Án­gel Rondón; al exdirector de Obras Públicas, Victor Díaz Rúa; al abogado no­tario Conrado Pittaluga; al presidente del Senado, An­drés Bautista; al exdirec­tor del Instituto Nacional de Aguas Potables (INAPA), Roberto Rodríguez, y al ex senador Tommy Galán.

El juicio continuará este martes, a las 9 de la maña­na, con la calificación jurídi­ca de los hechos y sus funda­mentaciones por parte del Ministerio Público.

Luego los abogados de los acusados agotarán un turno para presentar sus de­fensa legal.

Entre los delitos atribui­dos a los imputados figu­ran soborno, lavado de acti­vos producto de infracciones graves, enriquecimiento ilí­cito y falsedad en las decla­raciones juradas.

El avance se logró por­que en el caso de los últi­mos imputados se obvia­ron enumerar algunos inmuebles contenidos en algunos cuadros.

A medida que avanzaba el día los acusados y aboga­dos se notaban agotados.

Ayer, el Tribunal rechazó un recurso de oposición pre­sentado por Pittaluga con­tra la decisión de no per­mitirle hablar en la fase de lectura de la acusación, por­que no ser el momento idó­neo. Mediante el recurso de oposición, Pittaluga solicitó al tribunal que se retracta­ra de la decisión que había emitido, lo cual no fue aco­gido. El Ministerio Público también se opuso a que se le permitiera declarar en ese momento al imputado.

La presidenta del Tribunal, Giselle Méndez, argumentó que aunque el Código proce­sal Penal contempla el dere­cho del imputado a declarar durante el juicio, los artículos 319 y 320 regulan cómo se materializa el ejercicio de esa prerrogativa.

MÁS DETALLES Los derechos Giselle Méndez seña­ló que observar el orden procesal de ninguna for­ma pudiera constituir limitación a los derechos de las personas, mucho menos del imputado a declarar en su defensa, debido a que ese dere­cho le será preservado y reservado para el mo­mento procesal idóneo. Explicó que el momento procesal para declarar es después de lectura a la acusación.