Rechazan fallo por fusión de partidos
El Tribunal Constitucional declaró inadmisible un recurso de revisión en contra de una sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) que desestimó una acción de amparo interpuesta por Cristopher Ramírez en contra del Partido de los Trabajadores Dominicanos (PTD) y la Fuerza del Pueblo (FP) que perseguía la nulidad de la candidatura presidencial de Leonel Fernández Reyna.
La sentencia recurrida es la número TSE-103-2009, dictada el 21 de noviembre del 2019 por el Tribunal Superior Electoral.
Mediante la sentencia impugnada, el TSE también declaró inadmisible, por ser notoriamente improcedente, la acción de amparo interpuesta por Ramírez en contra del PTD, de la FP y de la candidatura de Fernández Reyna.
Al no estar conforme con esa decisión, Ramírez recurrió ante el Tribunal Constitucional, donde tampoco tuvo éxito con sus pretensiones.
El dispositivo de la decisión está contenido en el comunicado 31/20, publicado por el TC en su página web.
La jurisdicción electoral fue apoderada de varias demandas de nulidad de la asamblea del PTD que escogió a Fernández Reyna como candidato, pero el TSE estableció que el presidente del PLD no tenía impedimento para ser candidato, por lo que ordenó a la Junta Central Electoral (JCE) su inscripción.
Fernández Reyna fue candidato a la presidencia de la República por el partido Fuerza del Pueblo en las elecciones celebradas en la República Dominicana el pasado 5 de julio, luego de renunciar al Partido de la Liberación Dominicana (PLD), el cual presidía.
Fernández Reyna fue también aspirante a la presidencia por ese partido, y renunció tras denunciar fraudes en las primarias del PLD.
PROCESO
PTD-FP
La Fuerza del Pueblo logró una fusión con el PTD, y procedió de inmediato al cambio de nombre ante el órgano rector de las elecciones.
En 2019.
El 14 de noviembre, Ramírez presentó un recurso contra los dos partidos y el exmandatario.