Salud ordena a comercios cerrar a las 8:00 de la noche
Los colmados, restaurantes, cafeterías y otros establecimientos comerciales, así como lugares cerrados de acceso al público, solo podrán permanecer abiertos hasta las 8:00 de la noche y son los responsables de velar porque exista una distancia de 1.5 metros entre los clientes como medidas dirigida a prevenir la propagación del COVID-19.
Los restaurantes y colmados pueden tener servicios de entrega a domicilio hasta las 9:00 de la noche, mientras serán multados y cerrados aquellos que violen las disposiciones de distanciamiento, uso de mascarillas y protocolos de higiene.
La disposición está contenida en una Resolución 0021 emitida ayer por el Ministerio de Salud Pública y divulgada ayer por el ministro Rafael Sánchez Cárdenas, la cual establece medidas para asegurar el distanciamiento físico en establecimientos y lugares cerrados de acceso al público.
La resolución establece que el horario de esos establecimientos será de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche y que son los responsables de garantizar un distanciamiento entre las personas de 1.5 metros y uso obligatorio de las mascarillas.
También deben garantizar que el personal cuente con las condiciones para el correcto lavado de manos y desinfección de equipos e instrumentos necesarios para hacer sus deberes, y la desinfección de áreas.
Metro y OMSA
En torno a los servicios de transporte del Metro de Santo Domingo y de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), la resolución establece que deben exigir y mantener distanciamiento físico, por lo deben disminuir la capacidad de asientos disponibles.
Al responder preguntas, el ministro de Salud Pública informó sobre los aprestos de solicitud de Estado de Emergencia hecho ayer por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional y dijo que desde su punto de vista el toque de queda es el elemento clave para garantizar el distanciamiento y evitar las aglomeraciones que se han estado viendo en el país.