FALLO
TC ordena a empresa entregar informaciones sobre interceptaciones telefónicas a hijo de imputado caso Odebrecht
El Tribunal Constitucional ordenó a la Compañía Dominicana de Teléfonos (Claro-Codetel) entregar al abogado notario Conrado Pittaluga Vicioso todas las informaciones que figuren en los registros o bancos de datos de dicha empresa sobre su teléfono móvil y que fueron entregadas en virtud de varios autos de interceptaciones de telecomunicaciones dictados por el juez de la instrucción especial de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Francisco Ortega Polanco.
Las intercepciones telefónicas fueron hechas en base al auto número 04-2018, del 23 de abril de 2018 y el auto número 06-2017, del 08 de agosto de 2017, emitidos por el juez Ortega Polanco, que instruyó el proceso de Odebrecht.
Otorgó a la empresa un plazo de 3 días hábiles para que ejecute el fallo, contados a partir de la notificación.
El TC acogió una acción de Habeas datas interpuesta por Pittaluga Arzeno, uno de los imputados en el caso de soborno de la constructora Norberto Odebrecht, cuyo proceso se estaba conociendo en la SCJ porque entre los acusados figura un legislador, pero luego, el Pleno de la SCJ lo declinó a primera instancia para todos los que no gozan de jurisdicción privilegiada.
El Constitucional anuló la sentencia número 047-2019-SSEN-00084, dictada por la Novena Sala de la Cámara Penal de Primera Instancia del Distrito Nacional el 30 de abril de 2019, que rechazó la acción de habeas data sometida por Pittaluga Arzeno, por considerar que el objeto de la acción interpuesta no se relaciona con lo que se pretende ese tipo de instancia y porque, además, dicha acción constitucional no está diseñada para proveer documentos particulares ni pruebas tendentes a un determinado proceso.
El dispositivo de la decisión está contenido en el comunicado 18/20, publicado en la página de internet del Tribunal Constitucional.